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Política y Economía |EN SEPTIEMBRE Y OCTUBRE

Se cobrará en dos meses la devolución de Ganancias

Con la modificación del 20% en el mínimo no imponible que se aplicará este mes cada empleado que ya aportó recibirá un saldo a favor, que se determina según la categoría

Se cobrará en dos meses la devolución de Ganancias

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22 de Agosto de 2019 | 03:12
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De acuerdo con lo dispuesto por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), las diferencias por la suba del mínimo no imponible del 20 por ciento que se generen a favor del contribuyente, se devolverán entre septiembre y octubre de este año. Fue una de las medidas para el bolsillo, sobre todo de la clase media, que lanzó el Gobierno nacional tras la derrota de las PASO.

Esa decisión forma parte de la resolución general 4546, que actualizó el mínimo no imponible y la deducción especial del impuesto a las Ganancias en un 20%, tal como había anticipado el presidente Mauricio Macri. Además de esta devolución, algunos contribuyentes dejarán de pagar y otros pagarán menos. Esta modificación beneficiará a 1,9 millón de trabajadores activos y a 400 mil jubilados, según los cálculos oficiales.

Aquellos alcanzados por la devolución del impuesto, recibirán esa mejora -que dependerá de cada categoría, ver gráfico- con el pago del sueldo de agosto, que se cobra o deposita en los primeros días del mes que viene, y de los haberes de septiembre, que se cobra en la primera semana de octubre.

Pero a esos mismos trabajadores, y jubilados, se les retendrán hasta fin de año un monto menor al que le estaban descontando hasta ahora por Ganancias, lo que será un alivio para sus bolsillos.

Según ejemplos que se conocieron ayer de una consultora y que publicó un matutino porteño, para un soltero sin hijos que gana de bolsillo 50.000 pesos, con el nuevo mínimo imponible pagará alrededor de 3.400 pesos por año. Y por lo descontado desde enero, deberán reintegrarle en esas dos cuotas lo descontado hasta julio, lo que suma más 8 mil pesos.

Mientras, que para un casado con dos hijos con un sueldo de bolsillo de 80.000 pesos, tendrá una mejora de casi 35 mil pesos. Y deberán devolverle por lo retenido desde el primer mes del año más de 20 mil pesos, en septiembre y octubre.

AUTÓNOMOS Y MONOTRIBUTISTAS

Para los autónomos, la resolución general 4547 dispuso la deducción del 50 por ciento de los anticipos de Ganancias que deben pagar las personas físicas (incluidos los trabajadores autónomos) en lo que resta de este año (octubre y diciembre).

Otro de los anuncios del Gobierno se concretó mediante la resolución general 4556, que bonifica el pago del componente impositivo de la cuota del Monotributo del mes próximo.

La administración Macri anunció días atrás el aumento en un 20 por ciento del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, beneficios para monotributistas, el aumento del salario mínimo (que se discutirá recién a fin de mes), un 40 por ciento de incremento en las becas Progresar y Asignación Universal por Hijo, la eliminación del IVA a los alimentos de la canasta básica y otras medidas que buscan un rápido impacto en los bolsillos.

PARA LAS PYMES

Además, la AFIP ya implementó el nuevo plan de pagos para deudas vencidas hasta el 15 de este mes y con una tasa máxima del 2,5 por ciento mensual para las micro, pequeñas y medianas empresas, monotributistas y autónomos.

Los contribuyentes podrán ingresar en esta iniciativa entre el 2 de septiembre y el 31 de octubre de este año. El primer pago del nuevo plan se hará en diciembre próximo, según la resolución general 4557 que se publicó ayer en el Boletín Oficial. Para este amplio universo de contribuyentes, se contempla un máximo de hasta 120 cuotas sin ningún pago a cuenta y, además, la suspensión por 90 días corridos de la traba de medidas cautelares y también, podrán disponer libremente de las sumas previamente embargadas.

Hasta ahora, el plan de deudas vencidas tenía un tope de 60 cuotas y permitía incluir las obligaciones exigibles hasta abril último. En este sentido, cabe destacar que a partir del 17 de septiembre se podrán refinanciar las deudas incluidas en el plan anterior. El nuevo plan permite regularizar las obligaciones impositivas y previsionales.

En tanto, las obligaciones anuales (Ganancias y Bienes Personales) se podrán financiar a través del Miniplan, que se reabrirá entre el 2 de septiembre y el 31 de octubre.

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