Ordenan al Ejecutivo que tome medidas por hacinamiento de detenidos en cárceles y comisarías

El Tribunal de Casación Penal bonaerense hizo lugar parcialmente a un hábeas corpus presentado en favor de detenidos en varias cárceles y comisarías de la Provincia y le solicitó al Ejecutivo, entre otras cosas, que con el plazo de 60 días presente un plan de adecuación para terminar con el hacinamiento y otras carencias que padecen los privados de libertad en cárceles del Servicio Penitenciario Bonaerense  (SPB) y en comisarías.

En la resolución los jueces de la Sala V de Casación, Daniel Carral y Ricardo Borinsky hicieron lugar, en parte, al hábeas corpus presentado por la Comisión Provincial de la Memoria, en favor a favor de las personas alojadas en la Unidad Carcelaria N° 30 de General Alvear, Unidad N° 31 de Florencio Varela, y la totalidad de las Dependencias Policiales de la Provincia de Buenos, estas últimas, "tienen actualmente 5289 presos, cuando el cupo máximo informado es de 1894, por lo que nos encontramos ante un exceso del 279,25 %" . 

En el fallo se dispuso "requerir al ministerio de Justicia  bonaerense, que en el plazo de sesenta días presente un plan que contemple la progresiva adecuación de la infraestructura de las unidades del SPB Nro. 30 –General Alvear- y Nro. 31 –Florencio Varela-, a la capacidad admisible de alojamiento". "Asimismo se contemple en la citada planificación la integración de las personas privadas de libertad que se identifiquen en el colectivo LGTBIQ, previendo a su vez la capacitación especial del personal a quienes que corresponda interactuar", se resolvió en el fallo. 

"En el mismo sentido -se agrega- se requiere la presentación de un plan, en idéntico plazo, que responda a la adecuación de la atención sanitaria de la población penitenciaria alojada en las unidades referidas".

INCREMENTO DE SUICIDIOS

Los jueces de Casación también le encomendaron al ministerio de Justicia que, "en orden al incremento de la tasa de suicidios informado oportunamente, se ejecute un plan de apoyo psicológico a los fines de contener la contingencia propia de la pandemia que atraviesa nuestro Estado". 

En tanto, en la resolución se ordenó al ministerio de Seguridad que disponga medidas para "el traslado inmediato de las personas privadas de libertad que se encuentran alojadas en dependencias policiales inhabilitadas o clausuradas a tal fin (y prohibir el alojamiento de nuevos detenidos), debiendo cumplimentar lo dispuesto de conformidad con los protocolos sanitarios vigentes". 

En el fallo se dispuso además "requerir que el ministerio de Seguridad informe periódicamente a este tribunal respecto del avance en el cumplimiento de lo dispuesto y reiterar la prohibición de alojamiento de jóvenes y enfermos en el ámbito de las comisarías de la Provincia, haciéndose extensiva esa interdicción a mujeres embarazadas" y que "en el plazo de sesenta días presente ante esta sede un plan de adecuación progresivo para las personas privadas de libertad alojadas en dependencias bajo su esfera de competencia se adecuen al cupo admisible y autorizado, indicando plazos y objetivos proyectados".

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