Arman una guía para evitar abusos en cuotas de los colegios
Edición Impresa | 6 de Octubre de 2020 | 02:47

Primero llegaron reclamos de padres de colegios privados de La Plata. Luego del sur del conurbano bonaerense y así se fueron acumulando qeujas en la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires. El motivo: el aumento de los aranceles, no sólo para este año, sino para el próximo ciclo lectivo. Ante ese contexto, desde el organismo provincial elaboraron una guía con sugerencias y recomendaciones para madres, padres y representantes legales de los alumnos.
“Primero arrancaron con las quejas los padres de una escuela no subvencionada de La Plata, luego se sumaron otros colegios de la Ciudad y después hubo reclamos de colegios de Esteban Echeverría y otros puntos de la Provincia”, dijo a este diario Walter Martello, defensor del Pueblo adjunto bonaerense.
También remarcó el funcionario que “esto puede desembocar en un pedido fuerte de padres para trasladarlos a colegios públicos. Nos llamá la atención que en lugar de contener, aumentan los aranceles y terminan generando situaciones de crisis en distintas familias”.
El padre de un alumno del nivel inicial al que le llegó un aumento del 47 por ciento del valor del arancel decidió no acudir a reservar el banco para el próximo año y ya busca un lugar en un jardín de educación pública. “Cuando pedí el pase la directora me dijo que no fui el primero en pedirlo. Que hubo distintas solicitudes”, contó el padre a este medio.
En el caso del colegio que inició los reclamos en la Defensoría del Pueblo tuvo un 23 por ciento de aumento entre el arancel que se paga actualmente y el que vendrá el próximo año. Hace pocos meses, hubo otro incremento superior al 20 por ciento en el valor del arancel que se pagó entre el primer tramo del ciclo escolar y la segunda parte, luego del receso invernal.
GUIA DE RECOMENDACIONES
Según se informó ayer, en ese contexto la Defensoría del Pueblo bonaerense elaboró una guía con sugerencias y recomendaciones de actuación para madres, padres y representantes legales de los alumnos que concurren a colegios privados ante posibles excesos en las cuotas.
Entre otras cuestiones, en la guía se especifica cómo se componen las cuotas; se detallan los requisitos para aplicar aumentos en los aranceles en establecimientos subvencionados y no subvencionados, y se explican cuáles son los topes permitidos.
Además, se plantean otros aspectos a tener en cuenta como porcentajes de incremento autorizados en base a aumentos salariales a docentes, o la prohibición de retener boletines o certificados por mora en el pago de la cuota.
Esas recomendaciones y sugerencias resultan aplicables tanto en los establecimientos educativos bonaerenses que reciben aporte estatal, como en aquellos que no están subvencionados.
Martello, que es coordinador del Observatorio de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, precisó que la guía “busca ser una herramienta para tener en claro cuáles son los derechos y normativas que se pueden aplicar ante posibles casos de abusos en el cobro de cuotas y deudas; incrementos de la matrícula, pedido de pases, becas y distintas cuestiones que atañen al funcionamiento del sistema educativo de gestión privada”.
“Hay distintas normativas que obligan a que haya consensos entre las partes en la fijación de los aranceles. Es muy importantes que madres y padres estén informados al respecto”, concluyó Martello.
Asimismo, el organismo habilitó vías de contacto para reclamos relacionados a establecimientos educativos de gestión privada: 0800-222-5262 y 0221-5128200; Whatsapp: 221-3581323 e email seceducacion@defensorba.org.ar.
OBLIGACIONES
En la guía expresan que “los prestadores del servicio educativo están obligados a brindar una detallada, eficaz y suficiente información con relación a la estructura de costos del establecimiento, la variación de los mismos y todos los componentes administrativos que al respecto puedan interesar”.
“Las variaciones de las cuotas resulten de un verdadero consenso entre las partes contratantes. De otro modo, se puede configurar la modificación unilateral del contrato. La posible irregularidad en la gestión y aplicación de las normas de procedimiento de adecuación de aranceles (Resolución 34/2017) representa un incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 13688 que, en el caso de los establecimientos que reciben aportes estatales, da lugar a la posible aplicación de sanciones administrativas por parte de la Dirección General de Cultura y Educación bonaerense”, indicaron en la dependencia oficial. En la Defensoría también ofrecen “el servicio de mediación para acercar a las partes y lograr encontrar una solución que resulte mutuamente satisfactoria”.
Por otra parte, mencionan que los establecimientos educativos de gestión privada subvencionados deben destinar, como mínimo, becas equivalentes al 10% de su matrícula.
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