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Policiales |Tenían a cargo la comisaría primera

Absuelven a policías acusados de robar la herencia de una abogada

6 de Febrero de 2020 | 04:12
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Dos policías que comandaban la comisaría primera de La Plata fueron absueltos ayer de culpa y cargo, en el marco de un juicio oral que ventiló el robo de parte de una herencia dejada por una abogada platense, que se suicidó en el 2011.

En el debate oral, la fiscal de Juicio Rosalía Sánchez alegó que en el juicio quedó acreditada la materialidad ilícita, es decir, que a la abogada Mónica Araujo le robaron parte del dinero que había dejado como herencia, antes de ingerir veneno en su casa de calle 19 y 55.

La mujer había tomado una mezcla de “Hortal” (veneno para hormigas) y un poderoso herbicida, aunque antes confeccionó un testamento ológrafo en el que dejó a sus herederos 219.800 pesos y 35.696 dólares, en un cajón, según surgió en el juicio.

También surgió en el debate que la abogada dejó ese dinero en un cajón, y que la policía se lo llevó a la comisaría para hacer el recuento.

Esto -se acreditó en el debate- se hizo a los 6 días y se labró un acta en la que se dejó constancia de una suma secuestrada que era menos de la mitad de la que había dejado la letrada en su testamento: $ 125.300 pesos y 14.646 dólares.

La fiscal criticó duramente la instrucción de esa causa, en la que intervino el ex fiscal Tomás Moran, quien cumple ahora arresto domiciliario como imputado en la denominada “megacausa”, pero dictaminó que en el debate no se pudo reunir pruebas para acreditar que los autores de este hecho fueron Marcelo Tidoni y Carlos Salas -para la fecha a cargo de la comisaría primera-, quienes fueron patrocinados en este juicio por el abogado Marcelo Peña.

El defensor adhirió al desistimiento de la fiscal Sánchez y resaltó que sus asistidos se desempeñaron en el caso de manera correcta y cumpliendo con todas las directivas del fiscal Moran, quien estaba a cargo de la investigación.

El debate, que estuvo a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal IV de La Plata -integrado por los jueces Emir Caputo Tártara, Claudio Bernard Silvia Hoerr y la secretaría de Mariana Arreche- finalizó ante la postura de la fiscalía, de abstenerse de formular cargos.

El Tribunal, tal como lo indica la norma procesal, no puede condenar si no hay acusación, y por ello se dispuso la absolución de los dos imputados.

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