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Por asedio del Covid-19 y el dengue, el Gobierno habilita a farmacias a producir alcohol en gel y repelentes

Las resolución, publicada hoy en el Boletín Oficial, por el momento será válida en capital federal, aunque insta otras jurisdicciones a sumarse a la medida. Es requisito excluyente que los comercios cuenten con laboratorios habilitados

Por asedio del Covid-19 y el dengue, el Gobierno habilita a farmacias a producir alcohol en gel y repelentes

EL DIA

31 de Marzo de 2020 | 09:02

El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Salud, emitió hoy una resolución en la que autoriza a las farmacias, con laboratorios habilitados, a elaborar y tener en existencia hasta 5 kilogramos de alcohol en gel y 5 kilogramos de productos repelentes de insectos para la prevención de Coronavirus Covid 19, Dengue y Zika,

"Instrúyase a los profesionales farmacéuticos a prestar su colaboración para la prevención de los virus de Coronavirus Covid 19, Dengue y Zika", conforme las previsiones de la resolución 681/2020 publicada en el Boletín Oficial.

En los considerandos se destaca que "es necesario contar con la disponibilidad de alcohol en gel y productos repelentes para insectos".

"En la actual situación, existe una demanda de esos productos por parte de la población en las farmacias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que excede ampliamente la posibilidad de ser atendida, generando ello una grave inquietud y preocupación en los concurrentes a los mostradores de las farmacias", detalla

La medida surge a fin de "garantizar el acceso a estos productos" teniendo en cuenta que "se han registrado casos de Coronavirus Covid-19 y Dengue en la población" y que "el Coronavirus Covid-19 se ha expandido con velocidad en otros países y que se han registrado brotes de Dengue y Zika en países limítrofes".

Por el momento, este permiso solo será válido “en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, aunque las autoridades nacionales invitaron al resto de las jurisdicciones “a adherir” también a esta decisión..

De esta manera, se le dio autorización a este tipo de comercios, siempre que cuenten “con laboratorios habilitados”, a elaborar y tener en stock “hasta 5 kilogramos de alcohol en gel y 5 kilogramos de productos repelentes de insectos con la finalidad de responder racionalmente a las necesidades de dispensación”.

La Resolución aclaró que este permiso especial estará vigente “por el plazo en que se extienda la emergencia sanitaria” y precisó, además, que la Secretaría de Calidad en Salud presentará una “Guía de Buenas Prácticas de Preparación en Farmacia”, la cual deberán seguir estos establecimientos.

La resolución señala que “los repelentes de insectos se encuentran dentro del ‘Listado de productos médicos de alto impacto en la salud que están sujetos al régimen de venta libre en farmacias’”, mientras que “el alcohol en gel es un cosmético que se utiliza sin prescripción médica”.

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