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La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, a tráves de la resolución 480/20, determinó que a partir de mañana se reanudarán los plazos para el dictado de toda clase de resoluciones y sentencias y, de su notificación electrónica, en los fueros Civil y Comercial, de Familia, Laboral, Contencioso Administrativo y de Paz.
Según el máximo tribunal de justicia bonaerense, el objetivo de la medida es “proseguir el camino hacia fases progresivas de moderada agregación de servicios a través del uso de los medios tecnológicos disponibles y en la medida que no impliquen afluencia o traslado de personas a sedes judiciales”.
Con posterioridad, a partir del 6 de mayo, se estableció “la reanudación de plazos únicamente para realizar presentaciones electrónicas y actos procesales, incluyendo todo acto o diligencia procesal posterior a cada presentación, en tanto sean compatibles con las restricciones vigentes en razón de la pandemia y la emergencia sanitaria, cuyos despachos se realizarán en la medida que los medios tecnológicos disponibles lo permitan y siempre que no impliquen afluencia o traslado de personas a sedes judiciales”.
En el caso de los órganos judiciales del fuero de Familia, se contempló que continúen su actividad bajo normas de emergencia, que impiden el inicio de causas, a excepción de las urgentes.
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