Claves del fallo “ordenador” del máximo tribunal

Edición Impresa

- Cada juez deberá revisar y evaluar las peticiones de los procesados o condenados a su disposición

- Se deberán considerar los derechos de las víctimas

- Las pautas relativas a los grupos de riesgo por COVID-19 deberán tener en cuenta, entre otros, los bienes jurídicos afectados; las condiciones personales del procesado o condenado; las modalidades de la comisión del delito (la forma en que se afectó el bien jurídico, los medios empleados y las particulares relaciones con las víctimas); el nivel de organización delictual; el examen del nivel de avance del proceso y de los riesgos procesales; la situación de la víctima al momento de la decisión y, entre otros aspectos, su relación con el domicilio constatado del procesado o condenado reclamante; la consideración de la existencia de lugares especialmente destinados por el sistema carcelario para alojar personas en riesgo sanitario agravado

- Exhorto a la Legislatura provincial para que efectivice la Ley de Víctimas

- Ajustar las medidas y programas del Ejecutivo para atender la pandemia en contextos de encierro

- Prohibición de alojamiento en seccionales policiales de personas enfermas, menores de edad y mujeres embarazadas y/o con hijos menores de 5 años

 

 

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