En las últimas horas el Gobierno nacional recibió una mala noticia en el marco de su cruzada por expropiar Vicentín. Resulta que el juez de Reconquista Fabián Lorenzini ratificó que los directores de la agroexportadora deben seguir en sus cargos y manejando las decisiones operativas pese al pedido de la Inspección General de Personas Jurídicas (IGPJ) santafesina.
Alberto Fernández apoyaba la propuesta del gobernador Omar Perotti. Esta resolución del juez, más las protestas en 70 ciudades del país, representan un duro golpe para las ambiciones del Gobierno.
Voceros del gobierno santafesino, de todos modos, dijeron que lo que el juez Lorenzini dispuso es que, mientras analiza la presentación realizado por Santa Fe, continuará vigente su resolución del último viernes. Por otro lado dijeron que van a apelar la medida.
De esta forma, el juez decidió abrir un "incidente" con la presentación de la IGPJ y, hasta que la resuelva, mantener en vigencia su fallo del viernes último. La apertura de un "incidente", en términos jurídicos, representa la apertura de un expediente paralelo dentro del concurso de acreedores que se tramita ante ese juzgado.
El viernes pasado, la titular de la IGPJ, María Victoria Stratta, pidió al juez que desplace al directorio de Vicentin SAIC de la administración de la empresa para reemplazarlo por un órgano colegiado compuesto de tres interventores. Y nominó a los dos designados por el decreto 522/2020, Gabriel Delgado como presidente, Luciano Zarich como vice, a quienes suma como vocal al santafesino Alejandro Alberto Bento.
La presentación se funda en “el poder de policía societaria” que la ley le asigna a la IGPJ, “definido como el sistema mediante el cual el Estado desenvuelve actividades de limitación frente a expresiones societarias con la finalidad de preservar la existencia de bienes considerados comunes”.
En sus considerandos, señala que “la intervención busca otorgar continuidad y transparencia al manejo societario, contribuyendo desde el Estado a la conservación de la empresa, situación que recién se consolidaría con la finalización del concurso preventivo”.
Además, menciona que “el interés público” en el que se fundamenta el pedido de intervención “está presente de modo evidente y con múltiples manifestaciones: aspectos societarios propiamente dichos pero también productivos, laborales, sociales, demográficos y ambientales”.
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