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Presentaron un proyecto de ley en el marco de la pandemia de COVID-19
Diputados nacionales de Juntos por el Cambio presentaron hoy un proyecto de ley, que busca aliviar la situación económica de los inquilinos de locales comerciales que se encuentran impedidos de desarrollar sus actividades con motivo del aislamiento obligatorio por el coronavirus y, también, ayudar a los propietarios de esos locales.
Se trata de un proyecto firmado por los diputados nacionales Mario Negri, Christian Ritondo, Maximiliano Ferraro, Luciano Laspina y Luis Pastori.
La iniciativa establece en su artículo 1° que, a partir de la declaración del aislamiento obligatorio, la situación de estos inquilinos y propietarios de locales comerciales quedan comprendidos dentro del artículo 1.203 del Código Civil y Comercial de la Nación.
Este artículo establece que si “por caso fortuito o fuerza mayor el comerciante inquilino se ve impedido de usar su local tiene dos opciones: o bien la rescisión del contrato o la suspensión del pago del alquiler por el tiempo que dure la cuarentena".
"Es de público y notorio conocimiento que una infinidad de locatarios se han visto impedidos en el uso y goce de los inmuebles comerciales que poseen en locación por efecto del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio declarado por Decreto N° 297/2020 y sus modificatorios", señala el texto en los fundamentos.
Los diputados sostienen que "si bien en muchos casos el locador y locatario han arribado a acuerdos privados para resolver esta situación haciendo uso del artículo 1.203 del Código Civil y Comercial, se hace necesario declarar como de público y notorio el estado de fuerza mayor a fin de evitar una innecesaria generación de procesos judiciales".
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En lo que respecta al propietario, el proyecto de ley propone que éste pueda deducir del impuesto a las Ganancias hasta el 100% del valor locativo del inmueble no ingresado en el ejercicio fiscal del corriente año, en la medida que no haya pactado una refinanciación de dicho valor con un 30% adicional en carácter de deducción especial.
Asimismo, la iniciativa aclara que en caso de que el propietario pacte una refinanciación, el valor locativo se considerará devengado en el ejercicio y la deducción a computar será de hasta el 30% de ese valor y en ambos casos, la deducción procede hasta el límite de los ingresos gravados correspondientes al inmueble.
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