Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí

Enviar Sugerencia
Conectarse a través de Whatsapp
Temas del día:
Buscar

¿Qué pasa con los infractores a las nuevas condiciones de aislamiento?

Habrá causas penales, secuestro de vehículos, detención del infractor y multas superiores a los $100.000

¿Qué pasa con los infractores a las nuevas condiciones de aislamiento?
30 de Junio de 2020 | 08:51

Cuando mañana entre en vigencia la nueva fase de cuarentena, con mayores limitaciones respecto de las condiciones de aislamiento en el ámbito de La Plata y el AMBA, varias de las personas que hasta el momento contaban con autorización para circular ya no podrán hacerlo.

En ese sentido, de manera oficial se informó que quienes no cumplan con el aislamiento serán considerados "infractores", lo cual "dará actuación a la autoridad competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal", al mismo tiempo que se faculta al ministerio de Seguridad a "disponer la inmediata detención de los vehículos que circulen en infracción y proceder a su retención preventiva por el tiempo que resulte necesario".

Ante situaciones de incumplimiento del aislamiento, ¿cuáles son los pasos a seguir por las autoridades intervinientes?

1) Orden inmediata de regreso al lugar de origen de parte del infractor de acuerdo al tipo de anomalía detectada.

2) Demora del infractor a la espera de la decisión del Poder Judicial.

3) Detención del infractor de acuerdo al incumplimiento del artículo 239 del Código Penal.

4) Secuestro del vehículo del infractor por incumplimiento de los artículos 205 y 239 del Código Penal. La decisión respecto de los pasos siguientes respecto del vehículo es competencia del Poder Judicial.

5) En el caso de andenes de trenes, se labra el acta de infracción y se informa al Poder Judicial que dispone los pasos a seguir respecto de lo informado por la autoridad policial.

6) Es el Poder Judicial el que decide los pasos a seguir de acuerdo a la información que proveen las fuerzas federales de seguridad.

7) En cualquier caso, que se detecten síntomas compatibles con COVID-19, se ordena el regreso al lugar de origen para el cumplimiento de la cuarentena, siguiendo las indicaciones del Poder Judicial.

8) En todos los casos es el Poder Judicial el que decide los plazos y actuaciones determinados por el juzgado a cargo.

En La Plata, desde mañana, se implementará un sistema de multas para quienes incumplan las medidas de emergencia sanitaria adoptadas por el Gobierno nacional a raíz del coronavirus, ya que se estaría violando el artículo 45 del Código Contravencional.

Este último fija una pena para su incumplimiento de multas cuyo valor pecuniario van entre los 10 y 500 módulos municipales, quedando el monto, una vez que se labre una multa, a criterio del juez de faltas. Cada módulo vale 266,5 pesos, por lo tanto, lo que deberá abonar un vecino detectado en infracción por los inspectores oscila entre los $2.665 y los $133.250.

Las noticias locales nunca fueron tan importantes
SUSCRIBITE

+ Comentarios

Para comentar suscribite haciendo click aquí

ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES

HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS

Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales

¿Ya tiene suscripción? Ingresar

Básico Promocional

$120/mes

*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $2250

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Suscribirme

Full Promocional

$160/mes

*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $3450

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Acceso a la versión PDF

Beneficios Club El Día

Suscribirme
Ir al Inicio
cargando...
Básico Promocional
Acceso ilimitado a www.eldia.com
$120.-

POR MES*

*Costo por 3 meses. Luego $2250.-/mes
Mustang Cloud - CMS para portales de noticias

Para ver nuestro sitio correctamente gire la pantalla