El Gobierno nacional resolvió postergar el pago de los impuestos de Ganancias y Bienes Personales.
Así quedó establecido a través de la Resolución General 4.758/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial por la AFIP, fijando como nueva fecha de vencimiento el 31 de agosto.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo de los pagos por deudas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales hasta el 31 de agosto próximo y determinó que la regularización de las deudas se podrá realizar hasta en tres cuotas, con un pago a cuenta del 25%, sin considerar la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) en la que los deudores se encuentren incluidos.
"Establecer con carácter de excepción y hasta el 31 de agosto de 2020, inclusive, que las obligaciones de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2019, de las personas humanas y sucesiones indivisas comprendidas en las Resoluciones Generales N° 975 y N° 2.151, sus respectivas modificatorias y complementarias, se podrán regularizar en los términos de la Resolución General N° 4.057, su modificatoria y sus complementarias, en hasta TRES (3) cuotas, con un pago a cuenta del VEINTICINCO POR CIENTO (25%) y a la tasa de financiamiento prevista en dicha norma, sin considerar la categoría del 'Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)' -aprobado por la Resolución General N° 3.985- en la que dichos sujetos se encuentren incluidos", indica el artículo 1º de la resolución implementada por la AFIP.
La AFIP destacó que la declaración de la emergencia sanitaria y la instauración del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) “han repercutido en la vida social y económica de los habitantes de este país”, por lo que adoptó “medidas tendientes a facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con el objeto de amortiguar el impacto negativo”.
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