Cuáles son los consumos en dólares que quedarán exceptuados del 35% adicional

Salió la resolución que establece algunas excepciones a este nuevo cepo

Mediante la Resolución General 4815/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, la AFIP estableció el nuevo régimen para la compra de dólares, dónde están involucrado el Impuesto a las Ganancias, Impuesto a los Bienes Personales y el nuevo régimen de percepción anunciado ayer por el presidente del Banco Central, Miguel Pesce, que llevarán al dólar ahorro a un precio que rondará los $130, producto del pago extra del impuesto PAIS (30%) y del nuevo cepo, un gravamen fijado en 35% adicional.

A partir de este anuncio, las compras que se hagan en dólares serán con ese nuevo valor y se descontarán del cupo de 200 dólares mensuales que se pueden adquirir. Pero las nueva medidas tomadas excluyen algunas compras en dólares, como todo lo que sean gastos referidos a la salud.

Según se detalla en la resolución. no se encuentran sujetas al presente régimen de percepción las siguientes operaciones:

- Los gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato, utilización de plataformas educativas y software con fines educativos.

- Los gastos asociados a proyectos de investigación efectuados por investigadores que se desempeñen en el ámbito del Estado nacional, Estados provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios, así como las universidades e instituciones integrantes del sistema universitario argentino.

- Adquisición en el exterior de materiales de equipamiento y demás bienes destinados a la lucha contra el fuego y la protección civil de la población por parte de las entidades reconocidas en la Ley N°25.054 y sus modificatorias.

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