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El Gobierno Nacional publicará mañana un DNU en donde prorrogará hasta el 31 de diciembre la suspensión del corte de los servicios de electricidad, gas, agua, telefonía fija o móvil, Internet y TV por cable para sectores vulnerables en caso de mora o falta de pago de hasta siete facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020 y en marco de la pandemia del coronavirus.
Vale recordar que la suspensión del corte no corre para beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo, beneficiarios de pensiones no contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el salario mínimo vital y móvil, usuarios inscriptos en el Régimen de Monotributo Social, jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos salarios mínimos vitales y móviles.
También están alcanzados los trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el salario mínimo vital y móvil, usuarios que perciben seguro de desempleo, electrodependientes, beneficiarios de la Ley N° 27.351; usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844) y exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.
En tanto, los usuarios no residenciales a los cuales no se les debería cortar el servicio por falta de pago son las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), conforme lo dispuesto por la Ley N° 25.300 afectadas en la emergencia; las cooperativas de trabajo o empresas recuperadas inscriptas en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (Inaes) afectadas en la emergencia; las instituciones de salud, públicas y privadas afectadas en la emergencia, y las entidades de bien público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria.
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