Nación condiciona la asistencia financiera para el sector de la salud

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El Gobierno nacional estableció una serie de condiciones para que las empresas del sector de salud puedan acceder a los beneficios del Programa de Recuperación Productiva (Repro II), a través de la resolución 19/2021 del Ministerio de Trabajo publicada ayer en el Boletín Oficial.

La misma determinó que los empleadores y empleadoras incorporados a la nómina de prestadores del sector salud beneficiarios del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), y que se encuentran inscriptos en el Registro Nacional de Obras sociales o en el de Empresas de Medicina Prepaga podrán acceder al Programa del Repro II.

Las condiciones planteadas que las empresas del sector accedan a la asistencia del Gobierno se produce en medio del debate instalado a partir del planteo lanzado por la vicepresidenta Cristina Kirchner de avanzar hacia una reforma del sistema de salud, que apunta a los privados y a los gremios.

La resolución de ayer precisó que el periodo establecido para presentar la nómina requerida, será el mismo que se establecerá para sustanciar y presentar la información solicitada para acceder al Programa. La cartera de Trabajo definirá el canal y el procedimiento que se utilizará para efectivizar la transferencia de la información y designará el área competente para la recepción de la misma.

Las empleadoras y los empleadores que perciben el beneficio otorgado por el Repro II no podrán realizar una serie de acciones mientras dure la percepción del beneficio, y hasta 12 meses posteriores al mes de finalización de dicha percepción. No podrán distribuir utilidades; recomprar sus acciones directa o indirectamente; ni adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o su transferencia en custodia al exterior.

El pago del Repro II que comenzó ayer por la mañana se efectivizará para 111.631 trabajadoras y trabajadores, e insumirá por parte del Estado Nacional una inversión total de $ 999.586.349 para dar alivio económico a las compañías y a los empleados afectados directamente por la caída de la actividad debido a la pandemia de COVID.

 

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