Piden dos detenciones por el “trabajo esclavo”
Edición Impresa | 26 de Octubre de 2021 | 01:53

La Justicia avanzó en las últimas horas hacia los presuntos responsables de reducir a la servidumbre a un grupo de trabajadores rurales, en un predio de la localidad de El Peligro.
Tal como informó este diario en su edición anterior, en un campo de 46 hectáreas de ruta 36 y 436, se descubrió la existencia de prácticas laborales ajenas a la condición humana y a la conquista de derechos por parte de los trabajadores de cualquier rubro o actividad.
En esta ocasión, de acuerdo a lo que pudo constatar la Policía y la Justicia, varias personas, oriundas de la localidad de Goya, en la Provincia de Corrientes, habrían sido “esclavizadas” con arduas jornadas en tareas hortícolas y precarias condiciones de alojamiento e higiene.
Por eso identificaron a dos de los supuestos responsables del delito de “Trata de Personas”, un salteño de 63 años y un paraguayo de 39, a quienes ahora directamente le pidieron la detención.
En base al relato de los damnificados, allí se encontrarían trabajando “en condiciones de esclavos” un grupo aproximado de 50 familias, a las que no dejarían salir del lugar.
También indicaron que “el predio cuenta con cerco perimetral alambrado y electrificado y con varias garitas de seguridad, que tiene personal armado, que impide que alguien pueda escapar”.
Ayer hubo nuevas tareas en el predio, ahora con participación del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, la Dirección de Migraciones y hasta el Grupo Halcón.
Al parecer, los trabajadores rescatados serán retirados del lugar y derivados a hoteles en el centro de la Ciudad.
graves castigos
La figura penal, en el art. 145 bis del Código Penal, establece que: “Será reprimido con prisión de cuatro (4) a ocho (8) años, el que ofreciere, captare, trasladare, recibiere o acogiere personas con fines de explotación, ya sea dentro del territorio nacional, como desde o hacia otros países, aunque mediare el consentimiento de la víctima.”
Por su parte, el art. 145 ter, del mismo texto legal, entre otras situaciones, detalla: “En los supuestos del artículo 145 bis la pena será de cinco (5) a diez (10) años de prisión, cuando (...) mediare engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier otro medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, o concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima”.
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