El Gobierno nacional formalizó hoy un incremento del 8% no acumulativo sobre los salarios mínimos en las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el personal comprendido en el régimen establecido por el contrato de trabajo para el Personal de Casas Particulares, que regirá a partir del 1º de noviembre.
La medida fue adoptada por a través de una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial, en la que se dispone que el incremento se hará efectivo en dos cuotas distribuidas de la siguiente manera: un 6%, no acumulativo, a partir del 1° de noviembre de 2021, y adicional un 2%, no acumulativo, a partir de 1° de diciembre del año 2021.
Asimismo, señala que se mantiene el aumento del 12%, no acumulativo, establecido en la resolución CNTCP N°2/21, con cláusula de revisión a marzo de 2022.
También resuelve que el plazo de vigencia del acuerdo alcanzado se extiende desde el 1º de noviembre de 2021 hasta el 31 de mayo del 2022.
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