Desde hoy los judiciales bonaerenses vuelven a la presencialidad

Lo resolvió la Suprema Corte de Justicia. Rige para los que tengan al menos una dosis y para los que hayan optado por no vacunarse

Los empleados del Poder Judicial de la provincia de Buenos Aires desde hoy volverán a cumplir sus tareas de manera presencial, a partir de la resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia bonaerense que decidió restablecer el retorno para quienes hubieran recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas contra el COVID-19, transcurridos 21 días desde la inoculación "o que, habiendo tenido la oportunidad de acceder a la vacunación, optó por no vacunarse".

A través de la Resolución SC Nº1651/21, se fija que en el desarrollo de cualquier actividad "deberán respetarse las medidas de cuidado y prevención" fijadas por el protocolo correspondiente.

Quedan exentos de la presencialidad "quienes no reúnan dichas condiciones (aplicación de al menos una dosis de la vacuna o haber optado por no vacunarse) y sean trabajadores con inmunodeficiencias, pacientes oncológicos, trasplantados o en el lugar de trabajo no puedan garantizarles la distancia mínima de dos metros". En esos casos prestarán servicios de manera remota.

Respecto de la continuidad de la modalidad del teletrabajo, la Suprema Corte resolvió que se podrá autorizar "en la medida que incremente la eficacia de la actividad jurisdiccional. Para ello, el titular de la dependencia u organismo, deberá elaborar un plan de trabajo que asegure una mejor prestación del servicio, particularmente en lo referido a la cantidad de audiencias a realizar".

Además se aclara que queda sin efecto "la dispensa reconocida en el artículo 4 de la Resolución de Corte Nº 1133/21, en orden al actual protocolo para la presencialidad escolar" y que "sin perjuicio de la utilización prioritaria del servicio web de asignación de turnos, para la atención del público en general o de operadores del sistema en particular, puede recurrirse a la atención presencial directa y espontánea, sin necesidad de turno previo y bajo cumplimiento de las medidas de cuidado dispuestas".

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