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- Los empleadores o empleadoras que incorporen personas travestis, transexuales y transgénero, contarán con beneficios impositivos.
- Así, podrán imputar como pago a cuenta de Ingresos Brutos, el 50 por ciento del sueldo que deban abonar a las personas trans.
- Esta medida ya existía para el caso de víctimas de trata de personas y ex liberados o tutelados. Ahora se amplía sus alcances.
- En la Provincia ya existe el cupo trans que, de a poco, se va cumpliendo en las diversas reparticiones. La norma establece que el sector público de la Provincia debe ocupar, en una proporción no inferior al uno por ciento de la totalidad de su personal, a personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo y establecer reservas de puestos de trabajo a ser exclusivamente ocupados por ellas, “con el fin de promover la igualdad real de oportunidades en el empleo público”.
- Hasta el momento, unos 40 municipios han adherido a esa ley.
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