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Promedio de los inquilinos adhirieron a los tres decretos de necesidad y urgencia desde marzo 2020 a la fecha, según distintos martilleros y corredores inmobiliarios de la Ciudad. Un índice que es similar al que se proyecta en la provincia de Buenos Aires y gran parte del país.
¿QUÉ TENDRÁN QUE PAGAR?
Parte o todo el alquiler que deben más las actualizaciones que estaban previstas en el ciclo. Podrán hacerlo entre 3 y 12 cuotas.
¿SE APLICAN INTERESES?
Intereses compensatorios. Esto significa que no son una multa. Son menores a los punitorios (multas). Se aplicarán sobre los montos de alquiler, no sobre las actualizaciones que estaban previstas en el transcurso del plazo cubierto por los DNU.
ACTUALIZACIONES
Si el contrato tiene cláusulas de actualización en el medio del plazo entre marzo 2020 y este mes y la misma no se aplicó o no la pagó el inquilino, tendrá que afrontar esa diferencia como parte de la deuda que se puede pagar entre 3 y 12 cuotas. En este ítem no se aplican intereses.
¿SE PUEDE RENEGOCIAR LA DEUDA?
Sí. Si bien el decreto establece hasta 12 meses para pagarla, pueden realizarse acuerdos entre privados, incluso con quitas.
¿CUÁNTO PODRÍAN AUMENTAR LOS ALQUILERES?
Martilleros locales estiman que puede rondar en un 50 por ciento, pero cada contrato será un “mundo aparte”, adelantan. Puede haber porcentajes más bajos, pero tampoco se descarta en el rubro que haya subas que superen ese índice y llegar hasta un 60 por ciento.
¿QUÉ PASA SI EL INQUILINO NO TIENE LOS FONDOS?
La deuda tendrá que afrontarla el garante, independientemente de la situación que esté atravesando, explican en las inmobiliarias locales.
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