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La Justicia de La Plata rechazó tres amparos presentados por diputados de Juntos por el Cambio y escuelas de la Ciudad para pedir que no se suspendan las clases presenciales por entender que el fuero provincial no tiene competencia para expedirse sobre un decreto nacional.
Fuentes judiciales informaron que las resoluciones fueron adoptadas por los juzgados de Familia N° 3 y N° 6 y el Tribunal del Trabajo N° 5 de La Plata.
La titular del Juzgado de Familia 6, María del Rosario Rocca, sostuvo en su fallo que “lo dispuesto a nivel local ha de ser en directa aplicación de las directrices emanadas del Decreto de Necesidad y Urgencia 241/2021, que por su naturaleza de norma nacional, escapa a la competencia de la justicia provincial”, al expedirse sobre la presentación de los legisladores Daniel Lipovetzky, Diego Rovella y Emiliano Balbín.
Por su parte el Juzgado de Familia N° 3, a cargo de Graciela Inés Barco, y el Tribunal del Trabajo N° 5, a cargo de los magistrados Federico Escobares, Daniel Sánchez Sierra y Enrique Catani, rechazaron las presentaciones de la empresa propietaria del Colegio ESSERI de la capital provincial.
El Tribunal N° 5 sostiene que “planteado el tema resulta evidente que se encuentra en juego la interpretación de normativa federal que excede el marco de la jurisdicción provincial, en tanto se trata de un DNU relativo a la pandemia de COVID-19 que azota a nuestro país (y al mundo) desde el año pasado, donde se prescriben medidas respecto de más de una jurisdicción, que no se limitan al área educativa sino que se integran como un paquete de medidas con otras vinculadas al orden público, seguridad y salud pública.”
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