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En el AMBA sólo podrán viajar quienes sean trabajadores esenciales, la comunidad educativa y aquellos que ya fueron autorizados con anterioridad. Se renovarán los controles para que se respete la distancia social en colectivos, trenes y subtes, en los que circula una gran cantidad de pasajeros.
Los trabajadores esenciales, la comunidad educativa y las personas expresamente habilitadas deberán tener actualizado el permiso de circulación para poder trasladarse en el horario restringido, de 0 a 6, o para utilizar el transporte público en el marco de la nueva fase que se inicia este viernes para frenar los contagios de coronavirus.
Aquellas personas que deban movilizarse o utilizar el transporte público para aplicarse la vacuna contra la Covid-19 deberán tramitar el permiso especial de 24 horas para asistir a turnos médicos.
De esta manera, a los trabajadores y personas que se movilicen se les exigirá el CUHC (Certificado Únicos Habilitantes de Circulación), ya sea impreso o a través de la aplicación para celulares CuidAr.
No obstante, se aclaró que no todos los que tengan el permiso para movilizarse van a poder utilizar el transporte público, y el detalle de las actividades se podrá consultar en la página web https://www.argentina.gob.ar/circular/actividades-permitidas.
Cómo obtener el certificado
Más allá de que puedan utilizar el transporte público o lo hagan en un vehículo particular, el trámite debe solicitarse o renovarse a través de la app CuidAR, disponible para dispositivos con sistema Android o en www.argentina.gob.ar/circular, donde deberán seguir con los pasos de acuerdo a la zona geográfica del país.
Una vez seleccionado el lugar de residencia, el sistema pedirá elegir el motivo por el que se tramita el permiso, que consta de tres opciones:
1. viajar a tu trabajo (excepto establecimientos educativos)
2. ir a un establecimiento educativo a trabajar o estudiar
3. permiso especial (hacer trámites o tratamientos médicos; trasladar hijos o hijas; asistir a familiar; viajar en micro, tren o avión; manejar por ruta; ir a un evento; practicar deporte).
Las personas que deberán seleccionar el ítem 1 son los trabajadores de la salud o del Estado, servicios considerados esenciales o en un medio de comunicación, el personal de comercio, bancario, de servicios financieros, de mutuales o cooperativas de crédito, profesional liberal (contador, abogado), psicólogo, trabajador industrial, de deportes autorizados o de casas particulares, mantenimiento de infraestructura, transporte de personas y mercaderías, telecomunicaciones, obras públicas, privadas o energéticas y la asistencia a personas menores, mayores o con discapacidad.
En el caso de ser docente se deberá seleccionar el ítem 2 y deberán aclarar luego si trabajan como personal directivo, docente o no docente en un establecimiento educativo autorizado a reanudar actividades, si es el adulto responsable que debe llevar a un menor de edad a la escuela (incluye el certificado de ese menor), o si se trata de un estudiante de nivel primario, secundario o superior.
En tanto, el ítem 3 es para aquellas personas que deban movilizarse por emergencias, situaciones imprevistas o urgencias; para asistir a turnos médicos, hacer trámites impostergables o mudarse (24 horas); para asistir a familiares, a persona mayor o a personas con discapacidad; para padres/madres separados que deben trasladar hijos o hijas; para tratamiento médico prolongado; o para práctica de un deporte individual autorizado, entrenamiento de deportista de representación nacional de una federación autorizada o asistencia a un evento autorizado.
En esta última última opción está relacionada con quienes lo necesiten para viajar por el país en avión, micro o tren; ir y volver del aeropuerto o terminal; manejar por ruta nacional, provincial o autovía hacia una vivienda propia o con transporte de carga.
En todos los casos habrá que completar el formulario con los datos del destino y adjuntar documentación que justifique el permiso y permita comprobar que la persona realiza ese trabajo, como ser un recibo de sueldo, monotributo o una carta del empleador.
El archivo puede ser subido en .doc, .docx, .pdf, .jpg y .png, y no debe sobrepasar los 10 mb de peso.
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