Impuesto al Cheque: Mercado Pago y otras fintechs empezarán a pagarlo

El Gobierno publicó el fin de semana en el Boletín Oficial el decreto 301/2021 por el cual las cuentas de personas jurídicas en los llamados Proveedores de Servicios de Pago (PSP, conocidos popularmente como fintech) pagarán desde agosto el impuesto sobre los débitos y créditos bancarios -más conocido como impuesto al cheque- al igual que las cuentas que se abren en entidades financieras tradicionales.

El decreto establece que a partir del 1° de agosto de este año los PSP deberán comenzar a actuar como agente de liquidación y percepción del impuesto a los créditos y débitos.

De este modo, los Proveedores de Servicios de Pago empezarán, a partir de agosto, a actuar como agentes de liquidación y percepción del impuesto a los débitos (0,6%) y a los créditos (0,6%), al igual que las operaciones a través de bancos y financieras, que venían reclamaban esta medida, por considerar que los PSP tenían una ventaja fiscal o competitiva, al no ser afectados por el impuesto al cheque.

"Las cuentas virtuales pasarán a tener un tratamiento impositivo similar a una caja de ahorro cuanto el titular es una persona humana, y similar a una cuenta corriente si es una persona jurídica", explicó el Gobierno y aclaró que la medida "no tiene fines recaudatorios, sino que se busca facilitar el acceso a los medios de pago electrónico por parte de los pequeños contribuyentes y equiparar la situación de todos los contribuyentes respecto al pago de este tributo, independientemente del sistema de pago que utilicen" y "corregir una distorsión existente a partir de legislación desactualizada".

La medida recuerda que ese beneficio para las cuentas no bancarias fue establecido en 2018 durante el gobierno de Mauricio Macri y generaba rechazo de los bancos ya que ellos sí deben aplicar el impuesto.

En el caso de las personas jurídicas, cuando usen una cuenta no bancaria podrán tomar también la recaudación del Impuesto de Créditos y Débitos como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias (Micro y Pequeñas empresas 100%, Medianas empresas 60% y resto 33%).

En el caso del Impuestos sobre los Ingresos Brutos, el Decreto 301/2021 invita a las provincias a utilizar sistemas unificados de retenciones (como es el caso del SIRCREB y el SIRTAC) y a que los mismos contemplen un tratamiento diferenciado para el caso de los pequeños contribuyentes.

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