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Mediante el decreto 301 publicado ayer en el Boletín Oficial, el gobierno dispuso que a partir del 1º de agosto las operaciones de compra y venta realizadas a través de Proveedores de Servicios de Pago (PSP) estarán alcanzadas por el impuesto a los débitos y créditos bancarios, más conocido como “impuesto al cheque”.
El impuesto alcanzará exclusivamente a las operaciones de personas jurídicas (esto es, empresas) que operan a través de Mercado Pago, Ualá y cualquier otro de los 55 PSPs listados en el respectivo registro del Banco Central, según Infobae.
De este modo, los Proveedores de Servicios de Pago empezarán, a partir de agosto, a actuar como agentes de liquidación y percepción del impuesto a los débitos (0,6 por ciento) y a los créditos (0,6 por ciento), al igual que las operaciones a través de bancos y financieras, que venían reclamaban esta medida, por considerar que los PSP tenían una ventaja fiscal o competitiva, al no ser afectados por el impuesto al cheque.
Al respecto, el decreto invoca “que uno de los principios del derecho tributario es la igualdad en el tratamiento impositivo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 16 de la Constitución Nacional, el Estado debe resguardar la competencia en igualdad de condiciones”.
“El Decreto 301 exime a las cuentas de pago utilizadas por personas humanas a los efectos de que tengan el mismo beneficio que hoy tienen las cajas de ahorro abiertas en los bancos. Esto es importante dado el avance del comercio electrónico y la utilización de las cuentas de pago provistas por PSP”, señaló el tributarista Sebastián Domínguez.
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