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Un tribunal de La Rioja lo condenó por “coacción y lesiones leves calificadas”. La víctima, conforme, espera que “salga la ley”
Patricio Pioli, el tatuador condenado por un tribunal de La Rioja / web
El tatuador Patricio Pioli fue condenado ayer en La Rioja a cinco años de prisión por ejercer violencia de género contra su ex pareja y difundir imágenes íntimas sin el consentimiento de la víctima, en lo que se considera un fallo ejemplar para el castigo de este último delito, popularmente conocido como “sextorsión”. El tribunal lo encontró culpable de los delitos de “coacción y lesiones leves calificadas”.
La abogada Mariana Barbitta, presidenta de la Asociación de Mujeres Penalistas de la Argentina (AMPA), explicó que “a diferencia del grooming, la sextorsión no está tipificada en el Código Penal, como sí lo está en el Código Penal español, por eso la condena es por coacción”. Según informó el Poder Judicial de La Rioja, para los jueces quedó acreditada “que todas estas situaciones de violencia y hostigamiento hacia la víctima provocaron en ella un daño psicológico, un daño o quiebre en su salud mental caracterizado, entre otras, por sensación de desamparo, desvalimiento y sensación de encontrarse en situación de peligro real, perdiendo la confianza y seguridad en sí misma”.
El juez que tendrá a su cargo la ejecución de la pena y el Patronato de Liberados deberán “informar a la víctima todas las situaciones que se susciten en el proceso de ejecución atinentes a la obtención de beneficios de salidas transitorias, semi libertad, libertad condicional y libertad definitiva del condenado, imponiendo -en su caso- medidas cautelares de restricción geográfica para tutelar judicialmente la persona de la víctima”.
Pioli fue condenado, entre otros delitos, por haber ejercido violencia de género contra Paula Sánchez Frega, y por filtrar fotografías y videos íntimos tomados por él cuando tenía una relación con ella.
Pioli, de origen sanjuanino y conocido en La Rioja como “El tatuador” por su oficio, fue denunciado por Sánchez Frega por violencia de género y amenazas de difusión de material íntimo luego de finalizar su relación en 2016. Paula dijo a la prensa que había padecido durante y después de ese vínculo permanentes episodios de violencia de género contra ella y contra sus mascotas, y que fue revictimizada a raíz de haber hecho público Pioli detalles del abuso de su abuelo paterno contra ella, algo que la joven le había relatado en su relación de confianza.
Los abogados que representaron a Paula esperaban que se condenara a Pioli a seis años, pero la joven se mostró conforme con la sentencia y la consideró como un fallo ejemplar para un caso de sextorsión en el país.
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“Ahora voy a seguir luchando para que salga la ley. Estoy bastante conmovida pero muy conforme con la sentencia”, agregó.
La Justicia ordenó destruir todos los objetos tecnológicos secuestrados
Por su parte, la abogada especialista en delitos informáticos, Marina Benítez Demtschenko, celebró el fallo condenatorio.
La Justicia ordenó, en este caso, “destruir los objetos tecnológicos secuestrados, facilitadores de la difusión no consentida de imágenes de la víctima”, lo cual se enmarca en la aplicación de la Ley 26.485 de Protección Integral hacia las mujeres.
Demtschenko consideró esto último “muy importante, porque en muchos casos donde se suscita violencia digital se secuestran objetos y, en algún momento del proceso penal, el imputado pide los objetos y se los vuelven a dar, algo que vuelve a poner en peligro a la víctima”.
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