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El gobierno de la Provincia, mediante la Resolución Ministerial N° 2621/2021, flexiblizó el uso de la licencia para descanso anual y ordinaria que rige para los trabajadores de la salud que se desempeñan bajo el marco normativo de las leyes N° 10.430 y 10.471, el reglamento de becas y el reglamento de residencias.
La resolución indica que para proteger la salud física y psíquica de los trabajadores del Ministerio de Salud, quienes conforman uno de los sectores más críticos y exigidos frente a la situación epidemiológica que enfrenta la Provincia, "se resolvió excluir de la suspensión establecida por el artículo 1° de la RESO-2020-412-GDEBA-MSALGP a las licencias mencionadas”. Esa normativa autorizaba a suspender las licencia del personal del sistema sanitario a los fines de dar respuesta en el contexto de la pandemia que recién se iniciaba en el país.
De este modo, el texto aclara que “quienes ejerzan las funciones directivas en las distintas dependencias deberán otorgar las licencias mencionadas por un período máximo de catorce (14) días corridos, dentro del plazo de tres (3) meses a partir del dictado de la medida, en atención a las circunstancias inciertas que trae aparejada la evolución de la pandemia provocada por el nuevo COVID-19 y la situación de emergencia sanitaria declarada”.
Asimismo, se estableció que se podrán otorgar las licencias contempladas siempre que se encuentre garantizada la capacidad de asistencia sanitaria del sistema de salud, sin afectar el normal desarrollo del cumplimiento de las funciones encomendadas a tales fines en pos de la lucha contra de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud.
La resolución se toma en un contexto de descenso de casos en territorio bonaerense por séptima semana consecutiva y en momentos en también se registran una baja sostenida del nivel de ocupación de camas de terapia intensiva.
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