Aumentos de hasta 5% en telefonía, internet y TV

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Otro golpe al bolsillo de los usuarios de servicios de comunicaciones, el quinto en lo que va del año: ayer el ente nacional que los regula, el Enacom, autorizó a los licenciatarios de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) que presten acceso a internet; radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico, radioeléctrico o satelital; telefonía fija y comunicaciones móviles, a incrementar el valor de sus precios minoristas, sólo hasta un 5 por ciento, a partir del 1 de julio último.

Lo hizo a través de la Resolución 862/2021 publicada en el Boletín Oficial, que precisó que estos aumentos no rigen para las prestaciones básicas universales que continúan en los mismos valores.

Además, indicó que sólo podrán aplicar estos incrementos aquellos prestadores que hayan cumplido con las resoluciones anteriores que autorizaron aumentos desde enero de este año.

En lo que va de 2021 el Enacom autorizó cinco aumentos, incluyendo este último, que fueron de 5 por ciento enero para todas las TIC; en febrero, de 8 por ciento para TIC pymes y cooperativas que no aumentaron en 2020 y otro 7 por ciento en internet, telefonía fija y TV paga para licenciatarias con menos de 100.000 accesos.

En marzo las tarifas de los servicios de telefonía fija, internet y TV paga aumentaron entre 5 por ciento y 7,5 por ciento, de acuerdo con la cantidad de accesos y a la oferta de velocidad de bajada.

Además, en abril el Ente autorizó a los licenciatarios del servicio de comunicación audiovisual de televisión por suscripción satelital, el cobro de un cargo específico de $ 53.

De esta manera, y contando el aumento actual, los valores para los servicios de telefonía aumentaron 10,25 por ciento en lo que va del año; y los de internet, telefonía fija y TV paga, 15,76 por ciento, en el caso de licenciatarias con más de 100.000 accesos.

Para las pymes y cooperativas de menos de 100.000 accesos, esos incrementos fueron de 21,33 por ciento para telefonía móvil, y de 39,55 por ciento para el resto de los servicios.

Asimismo, la normativa puntualizó que los últimos incrementos no alcanzan a los precios de las prestaciones básicas universales obligatorias.

Por otra parte, la resolución indicó que los Servicios de Comunicaciones Móviles (SCM) podrán aplicar el incremento en el valor de los precios minoristas de cualquiera de sus planes en las modalidades pospagas y mixtas.

 

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