Rechazan un pedido de excarcelación a Melazo y ahora define la Cámara
Edición Impresa | 4 de Septiembre de 2021 | 04:00

El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) II de La Plata le denegó la excarcelación al ex juez de Garantías César Melazo, detenido en el penal de Ezeiza, en la causa por la presunta “megabanda” que habría involucrado a ex magistrados, policías, ex convictos y barras con diversos ilícitos en la Región.
Fuentes de Tribunales informaron que la resolución dictada por los jueces Silvia Hoerr, Santiago Paolini y Andrés Vitali fue apelada ante la Cámara por la defensa del imputado, a cargo de los abogados Christian Romano y Juan Pesquera.
La defensa considera errónea las razones que dio del Tribunal para mantener preso a Melazo.
“El error de interpretación se advierte fácilmente desde que con relación al plazo de duración de prisión preventiva que actualmente cumple Melazo, el TOC II tiene en cuenta que la Corte Interamericana como la Comisión Interamericana, han puntualizado que el concepto de ‘Plazo razonable’ es una fórmula flexible, pero no analiza que esa flexibilización lo es a partir de los dos años, y si se quiere prorrogable hasta 3, esa movilidad para encarcelar sin razón debe ceder por el mínimo de la escala punitiva. Ese argumento resultaría plausible si la pena que se estima en esta causa partiera de un mínimo mucho mayor al previsto. Sin embargo, ante un reproche posible, cuyo mínimo parte de 3 años, denunciamos que trasciende el umbral de lo arbitrario”, destacaron los defensores del ex juez.
“En el fallo -agregaron- en crisis no podemos más que advertir meras excusas a modo de suplir la obligación que tienen los jueces de fundar y motivar sus resoluciones. Y ello tiene una explicación simple: no existen argumentos válidos para mantener el encarcelamiento de una persona a la que se presume inocente, con una lentitud despreciable de la justicia provincial y como si eso fuera poco, con ausencia de peligros procesales”.
También alegaron que “Melazo lleva detenido más de 3 años sin fecha de juicio. Por un delito que tiene su umbral punitivo en 3 años y el imputado carece de antecedentes penales. Y en el hipotético supuesto de una condena, con lo que lleva detenido quedaría en libertad hasta si le impusieren seis años de prisión”.
Ahora el planteo será analizado por la Cámara de Apelaciones y Garantías de La Plata. Esta causa comenzó en el 2014, cuando la fiscal penal de La Plata Betina Lacki empezó a investigar el crimen de Juan Roberto Farías, que ocurrió el 1 de diciembre de 2010, en 44 entre 26 y 27).
Al primer fiscal, Tomás Moran, lo desplazaron después de que uno de los acusados, Javier Ronco, denunció que le había pedido 30 mil dólares para desligarlo de la causa, a través de un abogado de La Plata.
Moran es uno de los funcionarios que terminó procesado (fue detenido y permanece con arresto domiciliario) en una instrucción que se desprendió de la “megacausa”. La hipótesis de Lacki es que Farías cayó bajo “fuego amigo” unos meses después de un espectacular escruche en la casa del director técnico de fútbol Roberto Zapata, en 13 entre 70 y 71, que los líderes de la banda habían ordenado “no tocar”.
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