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El efectivo policial Maximiliano Abel González (25), acusado del crimen de Luciano Olivera, deberá permanecer en la cárcel luego de que la Justicia de Mar del Plata confirmara la prisión preventiva por el hecho ocurrido el último 10 de diciembre, en la localidad balnearia de Miramar.
A González le imputan el delito de “homicidio triplemente agravado por haber sido cometido por miembro de una fuerza de seguridad, mediante el empleo de armas de fuego y con alevosía”, el cual contempla la pena de reclusión perpetua.
El fallo fue expedido por la Sala I de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal de Mar del Plata, que prevé un futuro juicio oral.
Los otros agentes detenidos por el caso, identificados como Nelson Albornoz, Rocío Mastrángelo y Kevin Guerricagoitia, están imputados de los delitos de “encubrimiento doblemente agravado y falso testimonio en concurso ideal”.
Los camaristas Adrián Angulo, Marcelo Riquert y Pablo Poggetto explicaron en el fallo la confirmación de la resolución que hace 10 días tomó el juez de feria Saúl Errandonea, quien hizo lugar al requerimiento efectuado por la fiscal de la causa, Ana María Caro, de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) descentralizada de Miramar.
En su pedido, Caro había solicitado que González permaneciera detenido por la pena en expectativa y por el peligro de entorpecimiento de la investigación que podría existir si fuera excarcelado. “Está acreditado a través de diversos testimonios y pruebas obtenidas en la investigación que González asesinó de un disparo a Luciano (16), en la madrugada del viernes 10 de diciembre último”, detalló la funcionaria.
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Luego relató que “personal policial perteneciente al Comando de Patrullas de Miramar se encontraba realizando tareas de prevención de delitos en la vía pública y fue convocado por radio llamada porque habría música alta en el anfiteatro de la plaza céntrica delimitada por calles 21, 24, 23 y 26 de Miramar”, al tiempo que agregó que un móvil policial “comenzó el seguimiento de una moto marca Yamaha YBR 125, conducida por el adolescente, hasta la intersección de avenida 9 entre calles 34 y 32, de Miramar”. En ese lugar, continuó, “Luciano Olivera se encuentra de frente con otro móvil policial siendo una pick up Toyota Hilux, que se incorporó a la interceptación” de la víctima. El patrullero frenó “bruscamente sobre la avenida 9 en dirección al mar, al observar al joven en el motovehículo sobre la Avenida 9 en sentido contrario y en dirección hacia Av. 40, descendiendo tres efectivos policiales en el lugar y quedando una cuarta efectivo dentro del móvil, quienes habrían dado la voz de alto. El oficial de Policía Maximiliano Abel González, quien había descendido del lado izquierdo trasero del aludido móvil policial, y actuando sobre seguro, con claras intenciones de darle muerte -toda vez que el joven Olivera no poseía elemento alguno que pudiera poner en riesgo inminente la vida del personal policial actuante ni de terceros-, extrajo su arma reglamentaria pistola marca Bersa calibre 9 milímetros -que contaba con 14 municiones- y efectuó un disparo en forma sorpresiva contra la humanidad de Luciano Olivera”.
En tanto, según la Cámara de Apelaciones, “luce evidente que la existencia de una penalidad no graduable (la máxima de nuestro catálogo punitivo), no fue el único argumento de peligrosidad procesal. A ella se añadió las características de un hecho de suma gravedad, en el contexto de una investigación de reciente inicio [...] y el peligro de entorpecimiento se vio efectivamente concretado”.
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