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El imputado es empresario y está llamado a prestar declaración indagatoria en la causa. Su ex, abogada, sufrió golpes y amenazas
Aunque en los últimos años se han realizado distintas campañas destinadas a proteger a las víctimas de violencia de género, incluso desde la propia Organización de Naciones Unidas, lo cierto es que los datos siguen sin mejorar. Las agresiones físicas y psicológicas ejercidas por ciertos hombres sobre mujeres, que son o han sido su pareja, es un problema que se muestra en franco crecimiento en todo el mundo.
Esta grave situación social bien podría titularse como “la otra pandemia”. Aunque no se vislumbra la aparición de una dosis, que permita pensar en una solución a corto, mediano o largo plazo.
En ese preocupante contexto, un fallo de un juzgado penal de La Plata, al menos, intentó sentar un precedente. Es que rechazó un planteo de eximición de prisión en favor de un empresario imputado por agresiones hacia su ex.
“Todo aquél que haya sido capaz de fomentar en el marco que nos ocupa, esto es, la vulnerabilidad de la mujer -a causa de su sometimiento físico, psicológico, económico o cualquier otra denota en principio un desequilibrio patológico que debe ser previamente disipado en su propia protección y en la de la víctima”, sostuvo el Juzgado de Garantías Nº 1 de La Plata, de Guillermo Atencio, por la secretaría de María Laura Scure.
Precisamente, al margen de otras consideraciones técnicas por las que no hizo lugar el pedido, en el fallo se hizo especial hincapié en que “a más de lo expuesto no puedo dejar de tener en cuenta la objetiva y provisional valoración de las características de los hechos, esto es, la violencia desplegada más allá de las lesiones constatadas que constituyen el núcleo de la imputación (grave daño psíquico informado por la pericia psicológica)” y que surgen del testimonio de la víctima.
Por último, en el fallo se indica que “debe tenerse en cuenta lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia en la causa 9-133682-Q, en la que dejó dicho que entre otros factores dignos de consideración al momento de resolver este tipo de beneficios debe tenerse en cuenta la situación de la víctima, en especial, su vulnerabilidad en los casos de violencia de género”.
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El hombre que ahora debería presentarse a declaración indagatoria, con serio riesgo de quedar privado de su libertad, ocuparía un cargo muy importante en una empresa contratista del estado.
La expareja, por su parte, es abogado previsionalista y de acuerdo a su representante letrado, el doctor José Romano Yalour, ha sufrido graves consecuencias físicas y psicológicas a causa de la situación de violencia a la que ha debido enfrentarse desde al menos abril de 2015 hasta junio de 2020, según la fiscal -Cecilia Corfield- que investigó el caso y que imputó al presunto agresor por el delito de “lesiones graves agravadas por el vínculo”, en los términos del artículo 91 del Código Penal, que de acuerdo al tipo de lesión causada impone penas que van entre seis meses a dos años (leves); entre tres a diez años (graves) y entre tres a quince años (gravísimas).
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