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La Justicia Federal de La Plata decidió archivar la causa que investigaba la toma de un predio en Los Hornos por casi mil familias que instalaron allí sus viviendas, al considerar que en el ingreso a los terrenos no se cumplieron las condiciones que prevé el Código Penal para el delito de usurpación.
El artículo 181 inciso 1 del Código Penal establece que para que la ocupación de parcelas de tierra sea delito la figura penal exige que el despojo se haya producido con "violencia, amenazas, engaños, abusos de confianza o clandestinidad", condiciones que el juez Alejo Ramos Padilla determinó en su dictamen que no se registraron en este caso, tras lo cual archivó el expediente.
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En este contexto, y tras la polémica que generó dicho Fallo, el diputado provincial del radicalismo Claudio Frangul presentó un proyecto en la Cámara de Diputados en contra y pidió "el correspondiente desarchivo de la causa".
"Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo a través de sus organismos competentes arbitre los medios necesarios para presentar el correspondiente desarchivo de la causa FLP 5071/2020, caratulada “N.N. S /USURPACION (ART. 181 INC. 1) en trámite ante el Juzgado Federal Nº 1 de La Plata, ante el archivo de la misma resuelta por el juez Alejo Ramos Padilla. La causa mencionada refiere a la mega toma producida en la localidad de Los Hornos, partido de La Plata, la mayor usurpación de tierras de la provincia de Buenos Aires", reza el escrito.
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