Cristina: “Estoy ante un pelotón de fusilamiento mediático-judicial”

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Tras escuchar quizás lo que no quería aunque lo esperaba, Cristina Fernández de Kirchner afirmó que fue puesta “ante un pelotón de fusilamiento mediático-judicial”, luego de que el Tribunal Oral Federal (TOF) 2 rechazara su pedido para ampliar hoy la declaración indagatoria en el juicio por supuesto direccionamiento de la obra pública vial en Santa Cruz. Pero la Vicepresidenta escribió en su cuenta de Twitter que hoy a las 11 horas, “a través de mis redes voy demostrar, justamente, por qué me están prohibiendo hablar en el juicio después del obsceno guión que montaron los fiscales”.

Lo confirmó anoche su abogado Carlos Beraldi : “Va a cumplir el acto que le denegaron” y va a presentar “las pruebas que indican cómo el fiscal Diego Luciani ha mentido de una manera descarada” durante su alegato,

“Si algo faltaba para confirmar que no estoy ante un tribunal de la Constitución, sino ante un pelotón de fusilamiento mediático-judicial, es impedirme el ejercicio del derecho de defensa ante cuestiones que nunca figuraron en el acto de acusación del fiscal al que asistí durante 5 días en mayo de 2019”, afirmó la expresidenta en su cuenta de Twitter.

El rechazo a su pedido de ampliación de la indagatoria fue comunicado por el presidente del TOF2, Rodrigo Giménez Uriburu, tras una deliberación de 30 minutos con sus colegas Andrés Basso y Jorge Gorini, con quienes coincidió en que la próxima instancia que tiene la Vicepresidenta para exponer ante el tribunal es la que se conoce como “últimas palabras”.

El planteo de Beraldi estaba basado en que en la exposición de la fiscalía hubo cuestiones “fácticas” que tampoco estaban en la elevación a juicio, por lo que consideraba oportuno poder responderlas antes de los alegatos restantes.

Para sostener el planteo, el abogado de la exmandataria invocó los artículos 303, 380 y 393 del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN) que hacen referencia a cuáles son los momentos en los que puede declarar un imputado.

“El imputado podrá declarar cuantas veces quiera, siempre que su declaración sea pertinente y no aparezca sólo como un procedimiento dilatorio o perturbador. Asimismo, el juez podrá disponer que amplíe aquella, siempre que lo considere necesario”, dice el artículo 303 del CPPN.

“En el curso del debate el imputado podrá efectuar todas las declaraciones que considere oportunas, siempre que se refieran a su defensa. El presidente le impedirá toda divagación y podrá aún alejarlo de la audiencia si persistiere”, se indica en el 380.

El artículo 393 del Código establece, además, las reglas que deben seguirse en la “discusión final”.

 

 

 

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