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Ordenan que una islamita pueda rezar con hombres

Por Redacción

En un fallo sin precedentes la Justicia cordobesa ordenó que una mujer sea autorizada a rezar y compartir alimentos con los hombres durante las ceremonias religiosas en una mezquita de esa provincia. La medida se dio en el marco de una demanda por violencia de género contra el líder religioso de su comunidad.

La sentencia, que podría generar polémica por abordar una cuestión límite entre la libertad de culto y las políticas de protección a la mujer, fue dictada por la jueza Mariana Wallace, a cargo del Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de 4° Nominación de la ciudad de Córdoba. Y en ella se plantea que el límite para el ejercicio del derecho a profesar una religión está dado por el orden público y que el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia y discriminación “forma parte del orden público” de nuestro país.

El caso se originó meses atrás cuando la mujer denunció ante la Justicia al nuevo imán y sheik de la mezquita a la que asistía porque le impuso practicar el rezo separada por una biblioteca de los hombres de su comunidad y le prohibió comer junto a ellos después de la ceremonia, pese a que así se lo permitía el anterior líder religioso de su comunidad.

Como argumentó la mujer, con el imán anterior ella concurría a rezar junto a su pareja los viernes y tras las oraciones incluso hacía uso uso de la palabra sin que eso generara ningún problema en su comunidad. De ahí que a su entender las nuevas disposiciones tomadas por su actual imán constituían un acto de discriminación hacia su condición de mujer así como también un acto de violencia de género de tipo psicológica bajo la modalidad institucional.

No obstante, el líder religioso denunciado negó las acusaciones alegando que nunca tuvo intenciones de discriminar a las mujeres de su feligresía, ni en particular a la denunciante.

“La separación física no tiene nada que ver con una cuestión de superioridad del hombre sobre la mujer, sino que es una cultura que se viene practicando desde hace siglos y está fundada y orientada en el sentido de que la relación del creyente con Alá no se vea interferida por ninguna situación que nos aleje de la concentración y de ese diálogo con el Creador Supremo”, explicó ante la Justicia cordobesa el imán.

El fallo podría traer polémica por tocar un límite entre la libertad de culto y las leyes de género

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