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Después de muchos años de ser analizadas, controvertidas y finalmente adoptadas, las experiencias que van acumulando los juicios por jurados en los tribunales de la provincia de Buenos Aires y en otras resultan hasta la fecha positivas y sirven para alentar fundadas expectativas por un mecanismo procesal que no sólo puede servir para descongestionar el fuero penal, sino, también, para irradiar en la población principios de mayor responsabilidad ciudadana, según coinciden los especialistas.
Al margen de los profundos debates doctrinarios que suscitó antes de su puesta en vigencia, lo cierto es que los primeros pasos de esta práctica prevista en la Constitución nacional, determinaron que en la Justicia bonaerense los procesos se vengan desarrollando con fluidez y normalidad, volviendo así inexistentes las advertencias negativas que no faltaron.
Tal como se reseñó en esta columna, directivos de la Asociación Argentina de Juicios por Jurados (AAJJ) –una de las entidades impulsoras de este tipo de juicio previsto en la Constitución Nacional de 1853, pero que se encuentra habilitado sólo en 11 provincias del país- su puesta en vigencia en estos distritos federales no se tradujo en ningún tipo de deficiencia o escándalo procesal sino que se asimiló casi naturalmente a la dinámica judicial. El funcionamiento del juicio por jurados depende de cada provincia.
Se está frente a una mecánica de procesamiento que, como es lógico suponerlo, tendrá avances paulatinos hasta que en la práctica se asiente.
El gradualismo en su aplicación en nuestra provincia quedó garantizado por la cláusula procesal prevista, que dispone que este tipo de juzgamiento es un derecho que le asiste al acusado, que puede elegir o no ser juzgado por ciudadanos comunes en el caso de que se encuentre imputado de un delito que prevea penas mayores a los quince años de prisión.
La experiencia y las cifras estadísticas sumadas muestran que el juicio por jurados en la Justicia penal bonaerense se está comportando casi como un jurado popular de los Estados Unidos, ya que el índice de condenas y absoluciones es muy parecido al de varios estados norteamericanos, donde se ubican en 70/30 o 69/31 aproximadamente.
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En encuestas realizadas a jueces, fiscales y defensores oficiales quedó asentada la conclusión de que el juicio por jurados está modificando las prácticas y empujando a que el sistema cumpla finalmente con su misión de un sistema verdaderamente acusatorio. Por ejemplo, ahora los defensores cambian la forma en la que preparan un caso y las estrategias con que litigan.
Asimismo, los defensores del sistema .que se pudo en vigencia por primera vez en Córdoba en 1991 y mucho después en otras jurisdicciones- siempre enfatizaron que, con la puesta en vigencia del juicio por jurados, se permitió a la sociedad que pueda participar en una materia tan delicada como lo es la seguridad, convirtiendo a cada miembro en soberano en cuanto al juzgamiento penal de los procesados.
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