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Un contribuyente le ganó en la Justicia en segunda instancia un caso a la AFIP por el controvertido impuesto a las grandes fortunas.
La Cámara Federal de Mendoza consideró que el denominado “Aporte Solidario” resultó confiscatorio en el caso de Darío Rozenvitliz, quien ya había logrado una cautelar en el mismo sentido en 2021.
La decisión, vertida en 24 páginas, fue adoptada a fin de octubre por los jueces Manuel Pizarro, Juan Ignacio Pérez Curci y Gustavo Castiñeira de Dios. Allí se rechazó la apelación de la AFIP y se confirmó la sentencia de primera instancia en favor del contribuyente.
El experto en impuestos César Litvin dijo que “es muy importante la doctrina que emerge de la causa que debatió la Cámara Federal de Mendoza, que ratificó lo dispuesto por el juzgado federal de primera instancia e hizo lugar a la acción interpuesta por el contribuyente declarando la inconstitucionalidad de la norma respecto del caso particular”.
“Los ejes en discusión eran dos: en primer lugar, el contribuyente se había dado de baja en 2020 como residente argentino, antes de la vigencia del aporte solidario, cuando en febrero de ese año obtuvo la residencia permanente en Uruguay, mientras que la ley del aporte solidario empezó a regir recién en diciembre del 2020″, dijo.
La AFIP argumentó que el contribuyente “aprovechó” la difusión de la discusión en torno de la ley que dio lugar al nuevo impuesto para cambiar de residencia fiscal y, por lo tanto, que su cambio de domicilio fue irregular, desconociendo que las normas se aplican desde su sanción y no a partir de rumores.
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Según Litvin, “lo que cuestionó el contribuyente es la ilegalidad de la retroactividad que genera tratar de gravar a aquellos contribuyentes que a la fecha dictado de la ley ya no eran residentes tributarios argentinos porque se habían dado de baja”.
“El aporte solidario establecía un efecto retroactivo porque consideraba gravados aquellos sujetos que eran residentes fiscales argentinos al 31 de diciembre de 2019″, comentó el experto.
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