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Sancionan a Olmos tras la agresión con agua caliente

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Por Redacción

El sábado 5 de agosto pasado, en el marco de la decimosexta fecha del torneo Apertura de primera división de la Liga Amateur Platense, se enfrentaron en Olmos, el equipo anfitrión, Unidos y Porteño.

El partido debió suspenderse a los 20 minutos de la parte complementaria, cuando empataban 1-1, a raíz de un hecho lamentable, que pudo haber terminado con consecuencias mayores.

Hinchas del equipo de Olmos agredieron al defensor de Porteño Ramiro Herrera, arrojándole agua caliente en el rostro, por lo que debió ser derivado a un centro asistencial de la zona para ser atendido por las heridas recibidas.

Los hechos violentos continuaron afuera del predio, con varios automóviles pertenecientes al público de Porteño, que sufrieron roturas de vidrios, de acuerdo a lo que denunciaron.

Tras estos hechos violentos, el Tribunal de Disciplina de la Liga Amateur, luego de analizar las pruebas y los informes de las partes, dio a conocer en las últimas horas el fallo. El mismo establece:

1) Decretar la suspensión del estadio de Unidos de Olmos por el término de cuatro fechas a los fines de la disputa exclusivamente de la categoría mayores (3ra, 4ta, senior, 1ra división) masculino.

2) Aplicar a dicha institución la pena de 50 entradas por el período de dos fechas (arg. arts. 32, 33, 80, 81, 287 y cctes. del RTP).

3) Desestimar el pedido formulado por Porteño, en relación a la protesta del cotejo suspendido.

4) Decretar la devolución del importe abonado por el club Porteño, ello así conforme lo normado por los arts. 32, 33 y cctes. del RTP.

5) Hacer saber al club Unidos de Olmos que, durante el plazo correspondiente a la clausura de su estadio, los encuentros en calidad de local y en el estadio que se utilice, serán a puertas cerradas (prohibición de ingreso de público y/o parcialidad local y visitante).

Los partidos que deba disputar en calidad de visitante, serán sin la presencia del público y/o parcialidad exclusivamente visitante.

6) Finalmente, el presente Tribunal resuelve decretar la reanudación del partido suspendido, el que deberá ser reanudado conforme los términos indicados precedentemente en la oportunidad que las autoridades de la LAP determinen.

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