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La norma crea una agencia regulatoria encargada de otorgar licencias para la creación de fármacos, alimentos y otros productos derivados del cannabis y el cáñamo
Quince meses después de que el Congreso de la Nación sancionara la que establece el marco regulatorio para la industir del cannabis medicinal y cáñamo industrial (la 27.669), el Gobierno reglamentó finalmente su funcionamiento a través de un decreto publicado ayer en el Boletín Oficial.
La reglamentación de la norma establece el funcionamiento de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (Ariccame), del Consejo Federal para el Desarrollo de la Industria del Cáñamo y Cannabis Medicinal y del Consejo Consultivo Honorario, que estará integrado por veinte miembros titulares e igual número de suplentes, de actuación adhonorem.
También se adopta el sistema de Ventanilla Única para la Industria del Cáñamo y el Cannabis Medicinal, para la gestión de trámites vinculados a la emisión de autorizaciones, licencias y certificaciones necesarias.
Ese sistema, se indicó en los considerandos del decreto, “tiene por objetivo principal proporcionar una mayor eficiencia en las gestiones y trámites, unificar procedimientos administrativos y expedientes, dar intervención a los organismos con competencias específicas involucrados y facilitar el acceso y difusión de la información de manera homologada, estandarizada, actualizada e integrada”.
Por su parte, la ley determinó que la Ariccame será “el organismo competente para reglar, controlar y emitir las autorizaciones administrativas con respecto al uso de semillas de la planta de cannabis, del cannabis y de sus productos derivados”.
El marco regulatorio abarca a “la cadena de producción y comercialización nacional o con fines de exportación de la planta de cannabis, sus semillas y sus productos derivados afectados al uso medicinal, incluyendo la investigación científica, y al uso industrial; promoviendo así el desarrollo nacional de la cadena productiva sectorial”, indica la ley en su primer artículo.
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La Ariccame tendrá la función de regular “la importación, exportación, cultivo, producción industrial, fabricación, comercialización y adquisición, por cualquier título de semillas de la planta de cannabis, del cannabis y de sus productos derivados con fines medicinales o industriales”.
Asimismo, tendrá a su cargo “la regulación y fiscalización de la actividad productiva de la industria del cannabis, su comercialización y distribución, para uso medicinal e industrial en el territorio nacional, en todo lo referente al registro, control y trazabilidad de semillas, insumos críticos y productos derivados del cannabis, en el marco de un proceso industrial debidamente autorizado y habilitado”.
Al presentar la ley en mayo del año pasado en un acto en Casa Rosada, el presidente Alberto Fernández la consideró “un paso en el acceso al derecho a la salud” y, a la vez, “un triunfo de la sociedad contra la hipocresía”.
”El cannabis era para gran parte de la sociedad una palabra prohibida; pero las voces de unas madres llamaron la atención de muchos: podían resolverlos problemas de la gente”, aseguró el primer mandatario, quien agregó que con esta nueva ley se podrá “ayudar a resolver la salud de mucha gente que lo necesita y que probó que esos medicamentos le sirven y hacen más llevaderas sus vidas”.
El cáñamo, al igual que la planta de “marihuana”, pertenece a la especie Cannabis Sativa, pero a diferencia de ésta, sólo contiene bajas cantidades de la sustancia psicoactiva. De él pueden obtenerse productos alimenticios, cosméticos, papel y biocombustibles, así como también plásticos biodegradables.
Según un informe del Ministerio de Desarrollo Productivo, más de 50 países han avanzado en algún tipo de legalización para el cannabis de uso industrial y/o medicinal.
❑.- Crea la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (Ariccame)
❑.- Establece el sistema de ventanilla única para la gestión de autorizaciones, licencias y certificaciones.
❑.- El marco regulatorio abarca a la cadena de producción y comercialización nacional o con fines de exportación de la planta de cannabis, sus semillas y sus productos derivados.
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