■ Está dirigido a trabajadores que cobren salarios de hasta $708.000, monotributistas, jubilados y pensionados que perciban hasta seis haberes mínimos y titulares de la Asignación Universal por Hijo, Tarjeta Alimentar o Potenciar Trabajo.
■ Abarca los productos de la Canasta Básica: rubros de alimentos y bebidas e higiene personal.
■ La AFIP establece un “tope mensual por persona de $18.800, que se identificará según el CUIL o CUIT”. Este monto se acreditará en la cuenta bancaria del contribuyente a las 48 horas de realizada la operación.
■ Las compras solo se pueden hacer mediante tarjetas de débito cuenta sueldo. No se aceptan pagos mediante crédito, transferencia o en efectivo. No entran en el programa billeteras virtuales -sólo Cuenta DNI por ahora-, salvo las que permiten incorporar tarjetas de débito a la aplicación, como MODO y Mercado Pago, pagando con tarjeta de débito desde el celular.
■ La devolución se activa automáticamente en 48hs., por lo cual no hay necesidad de realizar ningún tipo de trámite.
■ Se permite la combinación con promociones bancarias siempre que sean con pago con débito.
■ Se puede utilizar en todos los comercios de venta de productos de la Canasta Básica que estén registrados en la actividad formal.
■ Quedan excluidos del programa los contribuyentes inscriptos ante la AFIP como autónomos o que estén obligados a tributar el impuesto a las Ganancias o a los Bienes Personales.
■ El programa estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023.
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