VIDEOS.- La violencia, al extremo Ahora, una auxiliar sangrando
El COU, con topes de densidades y nueva regulación de las alturas
Un gerente del Banco Provincia blanco de una salvaje agresión
¡9.000.000! El Cartonazo quedó vacante y el pozo es súper millonario: además, $300.000 por línea
Micros: extender el servicio en los barrios y transbordo, las claves
VIDEO.- Otra vez hubo alarma por un incendio en la destilería de YPF
Novedoso fallo en La Plata: detención efectiva por maltrato animal
VIDEO.- El Volador “despegó” y se estrelló: así fue el tremendo palo del barrabrava de Gimnasia
Milei recibió a Lamelas, el embajador de Estados Unidos previo a un nuevo viaje a Miami
Baby Etchecopar estalló de furia por una fake news sobre su salud: "¡Asustan a mi familia!"
Todo mal entre Benjamín Vicuña y la China Suárez por sus hijos: “Llevo más de 40 días sin verlos”
Basta de las mismas noticias de siempre... EL DIA del domingo llega con temas que innovan
Bizarrap anunció una explosiva sesión junto a Daddy Yankee: cuando se estrena la #0/66
En Nación, patean el Presupuesto para las sesiones extraordinarias
El caso Demonio García: con la declaración del ex jugador Pincha, se viene la etapa clave del juicio
"¡Gracias Javi": Estudiantes anunció la venta de Javier Altamirano a la Universidad de Chile
¿Cerró una vieja grieta? Cristina Kirchner recibió a Pepe Albistur
Marcela Tinayre y la tajante respuesta sobre su pelea con Juana Viale: “Es mi hija y no la invité”
Alcoholizado, chocó contra una cabina de gas en La Plata y está grave
Evangelina Anderson se enojó con Wanda Nara en MasterChef: “Que se vaya”
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
La Cámara Contencioso Administrativa N°2 de la ciudad de Córdoba, por mayoría, decidió hacer lugar al amparo presentado por la familia de un paciente, que se encuentra en estado vegetativo, para que un hospital municipal le retire la asistencia del soporte vital siguiendo todos los pasos correspondientes.
Con el voto mayoritario de las vocales María Soledad Puigdellibol y Daniela Susana Sosa, “se ordena a la dirección del Hospital Municipal de Urgencias a que disponga, sin dilación alguna, la limitación del esfuerzo terapéutico a J.S., solicitada por su familia, y el aseguramiento de los cuidados paliativos suficientes, habiendo previamente informado a los familiares”.
Así, se declaró “la ilegitimidad y arbitrariedad de la negativa del equipo médico del Hospital de Urgencias de Córdoba a retirar las medidas de soporte vital al paciente”.
Las vocales que votaron mayoritariamente destacan, finalmente, que “dado el estado clínico de J.S. no cabe otra solución que no sea la de respetar su voluntad reconstruida por los testimonios de sus familiares. Una decisión contraria implicaría una clara vulneración del derecho a la autodeterminación y, por ende, a la dignidad humana, fuente de todos los derechos humanos”.
Sostienen que “de poco sirve la existencia de normas, que pueden resultar de utilidad y conveniencia a los ciudadanos en tránsitos tan delicados como son los que corresponden al proceso del morir humano, si no están suficientemente informadas a la población, ya que sólo mediante ellas se puede garantizar un ejercicio verdaderamente autonómico de estos derechos personalísimos”.
Por su parte, la vocal María Inés Ortiz de Gallardo votó en contra argumentando que, en el contexto de lo acreditado en autos y el marco jurídico que la rige, “debe rechazarse la acción de amparo”.
Sostiene que los procedimientos desarrollados han permitido ejercer plenamente su defensa y las constancias acreditadas son fehacientes en poner en evidencia que no concurren los requisitos médico-legales previstos por el ordenamiento jurídico para hacer operativa la voluntad de la familia, antes de que transcurra el plazo de doce meses o antes si hubiese cambios desfavorables en el estado de J.S.
Expresó en su voto que, como se establece en la normativa vigente, “se debe comprobar si el Sr. J.S. se encuentra en un estado vegetativo permanente o en un estado de salud irreversible o incurable o en estado terminal, o haya sufrido lesiones que lo coloquen en igual situación, considerando además, que las directivas anticipadas que autoriza el art. 60 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN) se tendrán por no escritas cuando impliquen desarrollar prácticas eutanásicas”.
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$690/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6470
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$530/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $4190
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2025 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí