

Un 61% de los afectados reconoce “sentirse tristes porque sus cuerpos no encajan con la ropa que quieren”.
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A cinco años de que sancionada la norma que obliga a los comercios a disponer de todas las medidas en sus prendas, un 53% de los consumidores argentinos reconoce enfrentar siempre dificultades para encontrar la que correspondería a su cuerpo
Un 61% de los afectados reconoce “sentirse tristes porque sus cuerpos no encajan con la ropa que quieren”.
Para la mayoría de los argentinos encontrar ropa de moda a su medida constituye una experiencia frustrante: un 53% de consumidores reconoce sufrir casi siempre (y otro 35%, a veces) dificultades encontrar prendas que se ajusten a su figura. Así lo revela la encuesta anual de AnyBody Argentina, organización que señala la vigencia de este problema casi cinco años después de que la Ley de Talles recibiera sanción a nivel nacional.
El estudio, que abarcó la consulta a cerca de 7.000 personas de entre 18 y 65 años en todo el país, muestra que las prendas donde el problema de la falta de talles suele encontrarse con mayor asiduidad son los pantalones y la ropa interior. Mientras que en el primer caso hasta el 82% de los consultados reconoció complicado dar con su medida, en el segunda el porcentaje de afectados fue del 42.
Ante la escasa disponibilidad en el mercado de prendas en todas las medidas, la mayoría de los afectados (hasta el 60%, según el estudio de Anybody) termina gastando más dinero del que se proponía a fin acceder a su talle y muchos se resignan a comprar modelos fuera de moda que distan de ser lo que les gustaría vestir.
Pero sin duda el dato más preocupante que se desprende del sondeo es el alto impacto que el incumplimiento de la Ley de Talles tiene sobre las personas afectadas. El 61% de ellas reconoció “sentirse tristes porque sus cuerpos no encajan con la ropa que quieren” y el 45% dijo “enojarse consigo por como está su cuerpo.
“Cuando tienen dificultades para encontrar ropa en su talle, el 64% de las personas encuestadas contesta que esto las lleva a ´cuestionar su cuerpo´ y el 36% responde llevar a cabo una conducta de riesgo (ponerse a dieta para bajar de peso, abstenerse de comer, tener atracones, vomitar o hacer ejercicio en exceso)”, detalla la investigación.
Esta situación resulta alarmante si se tiene en cuenta que WEEArgentina ocupa el segundo lugar a nivel mundial en trastornos de la conducta alimentaria, solo detrás de Japón.De ahí que desde AnyBody Argentina enfatizaron la necesidad urgente de garantizar la diversidad de talles en las tiendas. “El hecho de no encontrar ropa adecuada es un detonante para que muchas personas cuestionen y no se sientan a gusto con su cuerpo. Ir a comprar ropa y no encontrar talle es uno de los grandes disparadores para que las personas comiencen a cuestionar y odiar su cuerpo”, señalan desde la organizacion.
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“La escasez de talles no sólo vulnera el derecho a vestirse si no también el derecho a la identidad , el derecho al bienestar y a la salud -agregan desde AnyBody-Nuestras encuestas muestran como el no encontrar indumentaria en diversidad de talles puede afectar la salud integral( física, mental y social) de las personas. ¡No son nuestros cuerpos los que tienen que cambiar, es la sociedad!”.
Sancionada por el Congreso de la Nación en 2019, la llamada “Ley de Talles” establece que los establecimientos de venta de indumentaria de moda y textiles deben garantizar condiciones de atención y trato digno y equitativo a las y los consumidores.
En este sentido la normativa especifica que las personas deben encontrar en cada prenda la leyenda que indique en la etiqueta la identificación de manera cierta, clara y detallada adherida a la prenda de parte de los consumidores comerciantes, fabricantes o importadores de indumentaria.
La ley señala a su vez que los comercios deben mostrar un cartel de fácil visibilidad dentro del local exhibiendo detalladamente la tabla de medidas corporales normalizadas y establecidas por el sistema único normalizado de identificación de talles de indumentaria (SUNITI) y lo propio debe ocurrir si la oferta es vía internet.
Dado que el incumplimiento de la norma es considerado como un acto discriminatorio, abusivo y estigmatizante de la persona por su aspecto físico, género, orientación sexual, identidad de género u otra característica de las y los consumidores, la ley prevé sanciones que pueden ir desde apercibimiento, multa o inhabilitación hasta prisión.
Pero lo cierto es que en estos cinco años de vigencia, el amplio desacato de norma va a la par de la escasez de controles que deriven en sanciones efectivas.
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