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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) -exAFIP- estableció una serie de modificaciones en los regímenes de facturación vigentes para operaciones realizadas y canceladas en dólares u otra moneda extranjera.
La medida fue formalizada este miércoles con la resolución 5616, publicada en el Boletín Oficial y firmada por el titular del organismo recaudador, Juan Pazo. Los cambios se implementarán de forma gradual a partir de enero de 2025 y se adecúan a las reformas dispuestas en el DNU 70/23.
Según lo dispuesto, cuando una factura sea emitida en dólares y el pago se efectúe en la misma moneda, deberá aplicarse la cotización del tipo de cambio oficial (vendedor) que informa las pantallas del Banco Nación, al cierre del día hábil previo a la emisión del comprobante.
Si se trata de un comprobante electrónico, el sistema asignará ese tipo de cambio de forma automática. Las nuevas disposiciones alcanzan a los comprobantes clase A, B, C, E y T.
Con la resolución 5616, la ARCA estableció un cronograma de implementación gradual para adecuar los sistemas de facturación de forma obligatoria.
Para aquellos que utilicen el servicio “Comprobante en Línea”, los cambios se aplicarán desde el 15 de enero de 2025.
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En la herramienta Facturador y el facturador Móvil regirá desde el 5 de marzo de 2025.
Los contribuyentes que facturen a través del “web service”, se implementará a partir del 15 de abril de 2025.
Desde el organismo remarcaron que aquellos contribuyentes que facturen mediante el servicio de comprobantes electrónicos o web service, deberán “consignar manualmente el tipo de cambio establecido” hasta que se adecuen los sistemas.
El tributarista Sebastián Domínguez, ceo de SDC Consultores Tributarios, remarcó a TN algunos detalles sobre la implementación del nuevo régimen de facturación para operar en moneda extranjera.
Estos cambios no solo impactarán a comercios que operan con turistas extranjeros. También aplica a cualquier empresa o establecimiento que desee ofrecer la opción de facturación y pago en dólares a sus clientes.
Alcanzan a los comprobantes clase A, B, C, E y T.
La normativa no aplica cuando una factura es emitida en pesos y el cobro se realiza en moneda extranjera.
Desde 2025, la ARCA publicará diariamente en el micrositio “Factura Electrónica” las monedas que registran cotización en el Banco Nación. Para aquellas monedas extranjeras que no registren una cotización, quien emite la factura deberá informar el tipo de cambio utilizado.
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