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Sandra Pettovello
El Gobierno suspendió por tres meses el pago del salario social complementario a más de 22.000 titulares del programa “Potenciar Trabajo”, que viajaron al exterior siendo beneficiarios de ese plan social.
Se trata de 22.501 titulares de ese programa que realizaron movimientos migratorios en avión o en crucero.
La decisión se formalizó por medio de la Resolución 82/2024, que fue publicada ayer en el Boletín Oficial.
El “Potenciar Trabajo” se creó en 2021 y contempla dos tipos de prestaciones: una económica individual, de percepción periódica y duración determinada, denominada salario social complementario, destinada a mejorar los ingresos de las personas que se encuentren en situación de alta vulnerabilidad social y económica.
La otra es el otorgamiento de subsidios y/o créditos ministeriales para la ejecución de proyectos socioproductivos, socio-laborales y sociocomunitarios que se ejecuten en el marco del programa.
El Poder Ejecutivo recordó que en octubre de 2023, la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos relativos a la Seguridad Social (UFISeS) formuló denuncia contra los funcionarios responsables del otorgamiento y contralor del “Potenciar Trabajo” y solicitó la suspensión o baja de planes sociales de beneficiarios que registraban viajes al exterior durante el período de vigencia de su prestación.
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En enero de este año, el Ministerio de Capital Humano realizó una presentación en la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Número 8, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en donde se requirió autorización para el acceso a la Base de Datos del entrecruzamiento de los movimientos migratorios de los beneficiarios del programa para proceder a la suspensión del beneficio económico.
Esa solicitud fue autorizada y el Ministerio de Capital Humano analizó que los viajes de los beneficiarios en cuestión hayan sido mayor a 30 días a cualquier destino, en avión o crucero, fuera de América Latina.
También dispuso que se “arbitren los mecanismos necesarios tendientes a proceder a la suspensión del beneficio oportunamente asignado, entendiendo que existe pérdida de la condición de vulnerabilidad social del titular, acreditada al momento del ingreso a dicho programa”, de acuerdo con la Resolución.
El Ministerio aclaró que a partir del primer mes y durante el segundo mes de suspensión, el titular podrá presentar reclamo respaldado por documentación correspondiente, que será analizada “teniendo en cuenta que el volumen de los movimientos migratorios de cada beneficiario no se condice con el estado de alta vulnerabilidad social y económica que constituye el principio rector del mencionado Programa Potenciar Trabajo”, según el texto oficial.
Cumplido el plazo de tres meses desde la suspensión, de no obrar reclamo, se resolverá el egreso del Programa, estableció el Gobierno.
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