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El caso es muy polémico y ahora está en revisión ante el máximo tribunal de Justicia provincial. El crimen ocurrió en el año 2000
Ramón Ángel Abregú
La Justicia de Tierra del Fuego declaró prescripta la causa contra el hombre que en el año 2000 mató a balazos a su esposa embarazada, hecho por el que fue condenado, aunque después se profugó durante 22 años y esa situación, pese a que se entregó y actualmente está en prisión, es la que podría beneficiarlo por la extinción de la acción.
La decisión fue adoptada por la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones de la ciudad de Río Grande y, de esta forma, Ramón Ángel Abregú (70) lograría la impunidad de su crimen y quedaría libre, aunque la resolución fue apelada y está en revisión en una última instancia ante el Superior Tribunal de Justicia de la provincia.
El caso es controvertido, porque Abregú cometió el femicidio el 23 de enero de 2000, cuando ingresó a un consultorio de la clínica Cemep, en la ciudad fueguina, y disparó en cuatro oportunidades contra el cuerpo de su expareja, Eva Azulina Falcón, quien se encontraba embarazada.
El homicida fue detenido de inmediato y condenado a 20 años de cárcel en septiembre de ese mismo año, pero el 15 de febrero de 2001 logró fugarse de un establecimiento penitenciario ubicado en el barrio Margen Sur y, desde entonces, se mantuvo prófugo de la Justicia.
Recién 22 años después, el 17 de octubre del año pasado, Abregú se presentó de forma espontánea en Tierra del Fuego, quedó detenido y a través de un abogado solicitó la prescripción de la causa.
Sin embargo, los jueces del Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande, Eduardo López y Juan José Varela, resolvieron a fines del año pasado que el caso no estaba prescripto, y que el hombre debía continuar cumpliendo la pena por el homicidio hasta septiembre de 2042.
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“El ejercicio del derecho a castigar implica el razonable ejercicio de la potestad reglamentaria del legislador con los principios, valores y derechos consagrados en la Constitución Nacional. Nuestra labor se ciñe entonces a comprobar la legitimidad temporal del reclamo estatal a castigar y garantizar la capacidad de Abregú de ser perseguido por sus conductas punibles”, escribieron los jueces en esa resolución.
En forma paralela, Abregú fue indagado por el juez penal Raúl Sahade en orden al delito de “evasión” por su fuga de la cárcel, y la defensa volvió a plantear allí que el hecho estaba prescripto, lo que Sahade desestimó.
Esa medida judicial fue recurrida y la Cámara de Apelaciones, integrada por los jueces Julián de Martino y Jorge Jofré, es la que decidió revocar lo resuelto por el juez Sahade y declarar la prescripción en relación a la fuga, lo que implicaría que también prescriba el caso del homicidio, explicaron los voceros consultados.
De todas maneras, ese pronunciamiento no se encuentra firme porque, según adelantaron fuentes judiciales, el fiscal mayor de Río Grande, Martín Bramatti, acudió “en casación” ante el Superior Tribunal para lograr una postura definitiva sobre el caso.
Según Bramatti, la sentencia contra Abregú a 20 años de cárcel no estaba firme al momento de su fuga -restaba un pronunciamiento de la Corte-, y por lo tanto, al no haber podido ser notificado de la condena, tampoco se pudo comenzar a contar el período de la prescripción.
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