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Desde la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología) se informó mediante la disposición 2110/2024 publicada en el Boletín Oficial, que se eliminó de circulación y se prohibió la comercialización de un repelente de mosquitos de la marca “LIESTAR”.
Se argumentó que la empresa en cuestión no aparece inscripta por lo que “se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboración”.
A su vez, se remarcó que la denuncia fue radicada por las sospechas que había en la comercialización a través de medios electrónicos de “Repelente mosquitos líquido, marca LIESTAR”.
Se sacó de circulación (junto a otros productos de la marca) con “fin de proteger a eventuales usuarios de los productos involucrados, toda vez que se trata de productos cosméticos no inscriptos ante esta ANMAT, para los que se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboración, y para los que no es posible brindar garantías acerca del cumplimiento de la condiciones higiénico-sanitarias pertinentes”. Al repelente se le suma un sanitizante de manos y superficies, jabón líquido y spray sanitizante.
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