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Opinión |Editorial

La suspensión judicial de talas y podas sobre el arbolado de Ensenada

La suspensión judicial de talas y podas sobre el arbolado de Ensenada
13 de Mayo de 2024 | 03:13
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La decisión de la Justicia de suspender extracciones y el operativo de poda de árboles en Ensenada, así como de reclamarle a las autoridades municipales que realicen un relevamiento del patrimonio forestal existente -entre entre otras de las medidas cautelares resueltas ante una acción presentada por un grupo de vecinos- constituye un paso positivo y marca un rumbo sobre el camino que puede seguirse en otros distritos ante situaciones similares que puedan presentarse.

La orden fue emitida por el juzgado en lo Contencioso Administrativo 1 de La Plata, que pidió además la puesta en vigencia en 60 días de un plan de “mitigación de emergencias”, para evaluar el estado de los ejemplares, verificar cuáles están en peligro y que se realice un relevamiento del arbolado público urbano y no urbano mediante el sistema de georreferencias accesibles, que también debe comenzar a gestionarse en los próximos dos meses.

Para esta tarea, la Justicia determinó asimismo que el ministerio de Asuntos Agrarios o cualquier otra dependencia provincial competente, colabore en la ejecución de dichas acciones, brindando herramientas y conocimientos al respecto.

Los denunciantes argumentaron que la municipalidad de Ensenada viene, desde hace una década, realizando intervenciones sobre el arbolado público y en los espacios verdes del partido, que vulneran los parámetros que establece la normativa vigente en la materia.

Cabe señalar que la acción vecinal se encontró representada por la Clínica Jurídica de Derecho Ambiental de la UNLP. Y que en su decisión, la jueza actuante expresó que la municipalidad de Ensenada “no ha logrado aportar siquiera los elementos mínimos necesarios para una adecuada gestión del arbolado público que establece la Ley 12.276 y su decreto reglamentario, que cuentan con más de dos décadas de vigencia”.

La magistrada añadió que el arbolado de las localidades constituye un bien colectivo “destinado al uso público”, que además de su valor estético y paisajístico provee infinidad de beneficios ecosistémicos de relevancia para la calidad de vida de las personas que habitan, sobre todo en un municipio de alta vulnerabilidad ambiental como Ensenada.

Para casos similares ocurridos en otros distritos y también en el platense, desde hace ya mucho tiempo los especialistas bregan para que se realicen censos forestales, no sólo para conocer la cantidad de ejemplares existentes, sino para adoptar desde allí medidas que atiendan a su mejor conservación, tal como surge de esta sentencia judicial.

Sin dudas que el celo de los vecinos de Ensenada por revertir la situación que atraviesa el arbolado de esa ciudad, así como el respaldo académico logrado -seguido ello de la medida judicial de protección- conforman una actitud y una definición elogiables que, de extenderse hacia otras jurisdicciones, podría significar una valiosa fórmula para garantizar la necesaria y mejor preservación del patrimonio forestal y, consiguientemente, de una mejor calidad de vida para millones de personas.

 

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