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La jueza Marcela Garmendia confirmó la labor del fiscal Fernando Padovan, ratificó la imputación, pero abrió la puerta a una morigeración
Felicitas Alvite sigue presa con preventiva. ¿Por mucho tiempo? / web
La jueza de garantías Marcela Garmendia confirmó en un todo la labor del fiscal que investiga el trágico embiste en 13 y 532, donde Felicitas Alvite (21), más conocida como “la Toretto de La Plata”, le provocó la muerte al motociclista Rubén Walter Armand (35), luego de impactarlo con un auto, pese a que la luz del semáforo le impedía el paso.
En una resolución de 19 fojas, la magistrado no solo avaló que Fernando Padovan, titular de la UFIJ Nº 15, continúe vinculado al proceso, sino que además ratificó la imputación impuesta a la influencer por el delito de “homicidio simple por dolo eventual”, que tiene una pena en expectativa de 8 a 25 años de cárcel, y le dictó así la preventiva.
Lo novedoso de la situación fue el considerando donde Garmendia sostuvo que “sin perjuicio de ello, teniendo en cuenta la edad de la imputada, su arraigo, su situación familiar, la ausencia de antecedentes penales, y en especial, el estado procesal en que se encuentra la presente investigación -la que ha sido clausurada por el Sr. Agente Fiscal-, entiendo oportuno iniciar una incidencia de personalidad respecto de Felicitas Alvite, a fin de evaluar en un futuro una medida menos gravosa a la impuesta en esta resolución”.
Precisamente, de esa decisión se agarró ahora la defensa para solicitar una prisión domiciliaria.
Con la firma de los abogados Flavio Gliemmo y Santiago Irisarri, la presentación hizo especial hincapié en que “tal como lo ha expresado VS en su resolución, las particularidades del caso (edad de la imputada, domicilio fijo, arraigo, situación familiar, ausencia de antecedentes penales, estado de la investigación -en concreto, investigación clausurada-) evidencias que al día de hoy corresponde el dictado de la morigeración de su prisión”.
“Sumado a lo expuesto, debe tenerse en consideración el comportamiento de nuestra asistida luego de producido el hecho, los certificados médicos obrantes en autos, los ataques de pánico reiterados –uno de los cuales fue padecido en presencia del Fiscal durante la declaración del 308 CPP- y que, una vez firme la orden de detención, se presentó de forma inmediata ante la DDI a fin de que se efectivice la cautelar”, agregaron.
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“Finalmente y como nuevo hecho que hace a la urgencia de la concesión de lo requerido, hacemos saber a VS que en el día de ayer -por el miércoles- el psiquiatra de la Alcaidía le suministró escitalopram –antidepresivo-, más un aumento de la dosis de clonazepam; lo cual se puede verificar con un simple llamado telefónico a la Alcaidía Nro. 3 donde se encuentra alojada”, concluyeron.
Volviendo al dictado de la preventiva y, con un futuro que podría tener a Alvite fuera del penal donde se encuentra alojada, Garmendia consideró que el argumento de que no corría una picada no es óbice para sostener la calificación legal sustentada.
“Incluso en el hipotético caso de entender que `la picada no existió`, como refiere la defensa, la conducta desplegada por Alvite -descripta en la materialidad ilícita- conserva en un todo su tinte doloso en la modalidad de eventual”, expresó en el fallo.
“Recuérdese que Felicitas Alvite, condujo una distancia de 3000 metros en 2 minutos y 10 segundos, a una velocidad promedio de 83 km/h, cruzando seis semáforos en rojo (... ) de lo cual se desprende que la mencionada se representó como probable el resultado muerte y aceptando ello, continuó con su accionar”, cerró.
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