

El urólogo Pablo Colaci fue encontrado culpable de 14 cargos por el jurado popular / Sebastián Casali
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Pablo Colaci llegó esposado al recinto y se retiró de la misma manera. Harán una audiencia de cesura para definir tipo de delito y pena
El urólogo Pablo Colaci fue encontrado culpable de 14 cargos por el jurado popular / Sebastián Casali
Cerca de las cuatro y media de la tarde de ayer, se escucharon varios golpes en la puerta del recinto donde deliberaban los 12 jurados populares designados para definir si el urólogo Pablo Colaci era culpable o inocente de los cargos de abuso sexual por los que había llegado a debate. “Habemus veredicto”, sostuvo un asistente del Tribunal II, que enseguida comunicó la novedad a la jueza Silvia Hoerr para que acuda a la sala de audiencias. Lo mismo pasó con la representante del Ministerio Público, el particular damnificado, la defensa y, el propio acusado, quienes se encontraban desperdigados por distintos sectores del Fuero Penal. El médico, por razones obvias, aguardaba ese llamado desde una celda en el subsuelo del edificio. “Golpearon la puerta”, volvió a decir el auxiliar del organismo, en relación al ritual del procedimiento, que establece esa forma de exteriorizar cuando las cartas ya están echadas. Por eso, en cuestión de minutos, todas las miradas se depositaron en la persona que dio a conocer la resolución del caso y confirmó los extremos invocados por la acusación. La fiscal Helena de la Cruz entonces se abrazó con la secretaría de la UFIJ Nº 2, Jorgelina Sacco, y le extendió la mano a la abogada de uno de los denunciantes, Andrea Mattessich.
A criterio de los jueces legos, por sentido común, por lo que pudieron presenciar de la prueba que se desplegó a lo largo del juicio, el urólogo fue autor responsable de 14 hechos de abuso sexual gravemente ultrajante. Lo absolvieron en uno y los otros dos quedaron desistidos.
La fiscal De la Cruz junto a la secretaria de la UFIJ Nº 2 y la abogada de uno de los denunciantes / S. Casali
Colaci solo se quebró cuando tuvo la oportunidad de decir sus últimas palabras. Habló de su familia y de su ciencia, de su arte de curar. Después se mantuvo impertérrito, alineado, hasta cuando escuchó lo que no quería escuchar. Por eso no hubo ninguna expresión de su parte. Solo giró sobre sus pasos y salió acompañado por la guardia del Servicio Penitenciario bonaerense.
Ahora para sus abogados, José Luis Villada y Gabriel Mendy, llegará la etapa de analizar los fundamentos de la condena, que emitirá oportunamente la jueza Hoerr, y discutir todo en la instancia revisora superior.
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Claro que primero habrá que pasar la audiencia de cesura, en la que las partes, cada una con su mirada, deberá explicar cuál es la pena conveniente para la materialidad ilícita denunciada.
El delito en cuestión establece un máximo de condena de 10 años de cárcel. Esto quiere decir que, con 14 cargos imputados, la extensión de la sanción podría llegar a 140 años. Sin embargo, existe un tope temporal de 50, que no se puede superar, de acuerdo a lo que establece el artículo 55 del Código Penal.
Silvia Hoerr
Por eso habrá que ver cuánto piden de prisión la fiscalía y el particular damnificado y escuchar el planteo de la defensa, que irá en busca de algún atenuante.
Es importante decir que, en los casos de delitos contra la integridad sexual, no se admite la libertad condicional, que podría pedir cuando se cumpla las dos terceras partes de la condena. Si fueran 50 años, a los 33 años y 4 meses.
A la hora de los alegatos, previo a que se conozca el veredicto de culpabilidad, tanto la acusación como la defensa intentaron ser lo más didácticos y coloquiales posible. Con lenguaje llano, buscaron convencer a los jurados de lo que se había producido y visto durante el juicio.
En ese contexto, ya con el resultado conocido, fue evidente que Pablo Colaci y, sus representantes técnicos, no lograron conmover el criterio del tribunal. Tampoco establecer la duda razonable, el conocido “in dubio pro reo”, que opera siempre en favor del imputado.
En otras palabras, cuando luego de la ponderación objetiva de la prueba, quedan dudas sobre su mérito y se debe proteger al acusado de la arbitrariedad de una condena, que solo se asiente en la mera subjetividad del sentenciante.
Como se sabe y, como dio a conocer este diario, mientras se sustanciaba este proceso, ingresó en la fiscalía de Álvaro Garganta una nueva denuncia contra el urólogo por prácticas vejatorias en oportunidad del desarrollo de su profesión.
Ese expediente deberá recorrer todas las instancias hasta llegar a un nuevo juicio.
A Colaci lo denunciaron por tocamientos inverecundos en el miembro viril de sus pacientes, quienes se sintieron humillados. Algunos pudieron exteriorizar esa sensación, con vergüenza y dolor, pero muchos no.
Hablaron de masturbaciones, sexo oral y hasta tacto rectal. Por eso las explicaciones científicas con las que intentaron justificar esas prácticas, no sirvieron para eximirlo de responsabilidad.
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