Leyes “mas duras” para el nuevo Código Penal
Edición Impresa | 3 de Octubre de 2025 | 02:32

El proyecto de reforma del Código Penal, presentado ayer por el presidente Javier Milei y la ministra de Seguridad Patricia Bullrich, unifica en un único cuerpo normativo las disposiciones del texto vigente desde 1921 y las más de mil leyes especiales. Con la unificación, pasaría de 316 a 920 artículos, y se buscaría eliminar las contradicciones propias de las reformas parciales.
Estos son los principales puntos del proyecto del Gobierno:
1- Imprescriptibilidad de delitos “gravísimos”: Los delitos más graves ya no prescribirán: homicidios, abusos sexuales, trata de personas, narcotráfico y crímenes de lesa humanidad. Actualmente, los únicos imprescriptibles son los delitos de lesa humanidad. La prescripción es la garantía que tienen los ciudadanos de ser juzgados en un plazo razonable. Los delitos con pena perpetua, por ejemplo, prescriben a los 15 años. Por el contrario, el proyecto prevé la extinción de la acción penal para casos no complejos que superen plazos razonables.
2- Endurecimiento generalizado de penas: Se elevan las penas en prácticamente todos los delitos. El homicidio simple, con esta reforma, pasará a tener una pena de hasta 30 años de prisión. Se agravan las sanciones para delitos cotidianos como robo de celulares, “entraderas”, estafas piramidales, “salideras bancarias” y delitos viales.
3- Ciberdelitos e inteligencia artificial: Se crea un capítulo completo de delitos informáticos que incluye la creación de imágenes falsas de contenido sexual mediante IA, el fraude digital y los ciberataques complejos. Se ordena la eliminación inmediata de estas reproducciones. Actualmente, existen algunos delitos informáticos dispersos, pero sin un tratamiento integral ni contemplación específica de la IA.
4- Nuevas figuras delictivas: Se tipifican delitos inexistentes en el Código actual: “stealthing” (retiro no consentido del preservativo), pornovenganza, secuestro virtual, violencia organizada, estafas piramidales, crueldad animal sistemática, delitos ambientales y desvío de cuota alimentaria, entre otros.
5- Corrupción: Se incrementan sustancialmente las penas para funcionarios por delitos contra la administración pública, se incorpora el soborno entre privados, se elimina la libertad condicional para reincidentes y condenados por delitos graves, y se rediseña el enriquecimiento ilícito. Se habilita el decomiso anticipado de bienes en casos de terrorismo, narcotráfico y corrupción.
6- Narcotráfico: Se mantienen las penas base de 4 a 15 años establecidas en la Ley 23.737, pero se eleva el máximo a 25 años (actualmente es 20) para organizadores del tráfico internacional. Se crean figuras autónomas para precursores químicos, opioides sintéticos y sustancias especialmente peligrosas.
7- Protección a las víctimas: Se incorpora el concepto de “seguimiento socio-judicial” para condenados que terminan de cumplir la pena en delitos graves. Los jueces deberán escuchar a las víctimas antes de decisiones que extingan la acción penal y notificarles todas las resoluciones. Se garantiza su participación activa en el proceso.
8- Responsabilidad penal de personas jurídicas: Se establece sin restricciones para todo tipo de delitos, con criterios claros de imputación y sanción. Actualmente existe responsabilidad penal de personas jurídicas solo para ciertos delitos como lavado de activos y delitos económicos y financieros, pero el proyecto la extiende a todos los delitos.
9- Delitos contra la familia y violencia de género: Se crea un capítulo completo sobre delitos que afectan la vida familiar: hostigamiento, maltrato, discriminación e incumplimiento de deberes de asistencia. Se incrementan las penas para delitos sexuales, se tipifica el acoso sexual en ámbitos laborales y docentes, y se agravan las penas por grooming y difusión de material de abuso infantil.
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