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La Corte Suprema de Justicia reafirmó ayer el derecho a la libertad de expresión y rechazó una demanda por daños y perjuicios presentada contra el programa de Mirtha por el tratamiento que se hizo por la desaparición de una bebé recién nacida en una clínica de Mar del Plata.
En su fallo, los ministros sostuvieron que lo ocurrido en el programa se encuadró en “el legítimo interés social que ampara la libertad de expresión y justifica cierta intromisión en la vida privada”. El caso se originó a raíz de cuatro emisiones difundidas entre 2000 y 2001, en las que invitados y la conductora mencionaron hipótesis que vinculaban la desaparición de la bebé y con una supuesta red de tráfico de niños.
Los demandantes alegaron que esas afirmaciones eran falsas, afectaban su honor e intimidad y exponían datos personales y familiares, incluidos los de sus hijas menores.
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