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Policiales |FALLO DE LA CÁMARA DE APELACIÓN LOCAL

Convirtió a un dealer en peluquero y lo liberaron

El abogado pudo demostrar que existían chances reales de cambiar su estilo de vida. Por eso su cliente accedió a la excarcelación

Convirtió a un dealer en peluquero y lo liberaron

El detenido será liberado. Tendrá trabajo y contención familiar / Web

7 de Mayo de 2025 | 02:39
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La Justicia platense le otorgó la excarcelación a un detenido por comercializar estupefacientes, luego de que su abogado lograra acreditar ante la Cámara de Apelaciones y Garantías que su asistido podía reinsertarse en la sociedad con un nuevo trabajo de peluquero en una barbería.

En la resolución dictaminada se le concedió la eximición de prisión a E.E.R imputado en una causa por tenencia con fines de comercialización de estupefacientes, a disposición de la UFI 18.

El hombre fue arrestado luego de hacer un pasamanos de 100 gramos de marihuana, que conllevó a que dos días después la Policía hiciera un allanamiento en su causa, donde encontraron 100 gramos de cocaína.

La resolución fue firmada luego de que la Sala Tercera de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal hiciera lugar a un recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del acusado, representada por el abogado Lautaro Slpizer.

A pesar de la calificación legal asignada por el Ministerio Público Fiscal -que incluye tenencia simple (art. 14, primer párrafo, Ley 23.737) y tenencia con fines de comercialización (art. 5 inc. c)-, se resolvió que, ante la ausencia de impulso por parte del fiscal para requerir medidas de coerción, no correspondía valorar oficiosamente la existencia de peligros procesales.

Además, se valoró el planteo de la defensa, ya que se argumentó que su asistido no tenía contacto con los estupefacientes y que tenía un oficio para poder cambiar de vida y un familiar directo de contención.

En cuanto a lo técnico, la Cámara subrayó que “ningún delito es inexcarcelable por imperativo constitucional” y que las medidas restrictivas de la libertad deben estar justificadas únicamente por la existencia de riesgos procesales concretos, lo cual, sostuvo, no se verifica en este caso.

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