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Escándalo en Córdoba: procesan a director de una clínica por maniobras de trata reproductiva

Por Redacción

El Juzgado Federal N°2 de Córdoba dictó el procesamiento del titular de un centro médico especializado en fertilidad, a quien se vincula con maniobras de captación de mujeres con dificultades socioeconómicas para utilizarlas como gestantes a cambio de una retribución económica.

La resolución judicial alcanza de manera directa a José Pérez Alzaa, responsable de la institución Fecundart, e involucra también a una empleada del área administrativa y a un profesional del derecho, todos considerados partícipes de las maniobras bajo la figura de trata de personas con fines de explotación reproductiva.

De acuerdo con las constancias de la investigación que lleva adelante el Ministerio Público Fiscal, el mecanismo de captación se iniciaba mediante la base de datos de donantes de óvulos del propio establecimiento. A las mujeres, tras recibir un pago inicial por los gametos, se les proponía firmar acuerdos de subrogación de vientres por montos aproximados a los 10.000 dólares.

La acusación fiscal determinó que los imputados utilizaban el contexto de vulnerabilidad y urgencia financiera de las damnificadas para avanzar con las intervenciones médicas. La instrucción judicial detectó, además, que en ciertas ocasiones los procedimientos de transferencia de embriones se concretaron sin contar con la debida autorización de los magistrados competentes.

El expediente judicial detalla deficiencias severas en la cobertura médica posterior a los partos, puntualizando el caso de una mujer que no recibió el seguimiento clínico adecuado a pesar de manifestar secuelas y complicaciones en su estado de salud.

Respecto a la participación del abogado procesado, la fiscalía argumenta que cumplía una función organizativa central al coordinar la disponibilidad de las mujeres gestantes y gestionar los contactos directos con las personas o parejas que buscaban acceder a este tipo de tratamientos.

A partir del análisis pericial realizado sobre el dispositivo móvil del letrado, la pesquisa constató la existencia de directivas explícitas hacia las mujeres sobre el contenido de sus declaraciones ante los tribunales de familia. En esas comunicaciones se registraron instrucciones sobre el comportamiento esperado en las audiencias e indicaciones referidas a la vestimenta y el aspecto personal para las entrevistas con los futuros padres.

Entre los elementos probatorios analizados, los investigadores identificaron la situación de una mujer de 33 años que fue reincorporada al circuito de subrogación un mes y medio después de un alumbramiento previo, lo que de acuerdo al dictamen fiscal representó un riesgo concreto para su integridad psicofísica.

Frente a estos elementos, el juez federal Alejandro Sánchez Freytes dispuso trabar un embargo preventivo sobre el patrimonio de los imputados por una suma que supera los 1.051 millones de pesos, con el objeto de cubrir eventuales indemnizaciones.

En los fundamentos de la medida, el magistrado diferenció los procedimientos de gestación por sustitución legítimos, caracterizados por el consentimiento pleno y la motivación altruista, de aquellas prácticas donde se configura un lucro económico basado en la asimetría social de las participantes, encuadrables en el delito de trata.

Por último, la resolución judicial dictó el sobreseimiento del director de una segunda clínica que aparecía mencionada en la causa, al comprobarse que en dicho espacio se requería de forma obligatoria el aval de los tribunales y se implementaban comités de evaluación psicológica y médica. Esta decisión, no obstante, fue recurrida por los representantes del Ministerio Público Fiscal y será revisada por la Cámara Federal cordobesa.

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